MANUAL DE CONVIVENCIA

Descarga
MANUAL DE CONVIVENCIA 2016 REAL.pdf
Documento Adobe Acrobat 1.0 MB

 

 

 

 

 

 

INSTITUCIóN EDUCATIVA “EDUARDO CAMACHO GAMBA” Curití-santander

 

 

 

 

 

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Sistema Nacional de Convivencia Escolar

 


TABLA DE CONTENIDO

 

 

CONTENIDO

Pág.

CAPÍTULO I

7

Ø  Principales normas sobre las que se basa el presente manual de convivencia

7

§  Marco legal

7

§  Marco jurisprudencial

8

§  Definiciones

10

CAPÍTULO II

11

Ø  De la identidad institucional

11

§  Naturaleza

11

§  Misión

11

§  Visión

11

§  Filosofía

11

§  Principios

12

Ø  Objetivos institucionales

14

Ø  Símbolos institucionales

15

Ø  Perfil del estudiante

16

Ø  Uniformes

17

§  El uniforme de diario del plantel es

17

·         Mujeres

17

·         Hombres

17

§  Uniforme de educación física y recreación para los estudiantes

17

CAPITULO III

19

Ø  De los estudiantes

19

§  Admisiones       

19

·         Condiciones para ser admitido

19

·         Proceso de admisión

19

·         Admisión de alumnos nuevos

19

·         Admisión de alumnos antiguos

19

Ø  Requisitos para la matricula

19

Ø  Derechos, deberes, libertades, garantías, estímulos y prohibiciones de los estudiantes

20

§  Libertades

22

§  Garantías

22

§  De los embarazos

23

§  Estímulos a los estudiantes

23

§  Prohibiciones

23

v  Sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar

24

Ø  Objetivos del sistema nacional de convivencia escolar.

24

Ø  Principios del sistema nacional de convivencia escolar.

25

Ø  Estructura del sistema nacional de convivencia escolar.

26

CAPITULO IV

27

Ø  Del gobierno escolar

27

Ø  Consejo directivo

27

§  Definición

27

§  Funciones

27

§  Elección y conformación

27

§  Sesiones

27

§  Quórum decisorio

28

§  Actas

28

Ø  Consejo académico

28

§  Definición

28

§  Funciones

28

§  Elección y conformación

28

§  Quórum

28

§  Actas

28

Ø  Consejo estudiantil

28

§  Definición

28

§  Funciones

28

§  Conformación

29

§  Requisitos

29

§  Quórum

29

§  Actas

29

Ø  Personero estudiantil:

29

§  Definición

29

§  Funciones

29

§  Requisitos

30

§  Beneficios

30

Ø  Contralor estudiantil y auxiliar

30

§  Definición

30

§  Funciones del contralor estudiantil y auxiliar:

30

§  Requisitos

31

Ø  Consejo de padres

31

§  Definición

31

§  Conformación

31

§  Funciones

31

Ø  Comité escolar  de convivencia

32

§  Definición

32

§  Objetivos del comité

32

§  Conformación

33

§  Funciones del comité

33

§  Sesiones

34

§  Quórum

34

§  Actas

34

Ø  Organización interna

34

§  Responsabilidades  del colegio Eduardo Camacho gamba.

34

§  Responsabilidades del rector

35

§  Responsabilidades de los docentes

35

§  Participación de los padres de familia

35

§  Procedimiento

36

Ø  Ruta de atención integral para la convivencia escolar

36

§  Componentes de la ruta de atención integral para la convivencia escolar

37

·         El componente promoción

37

·         El componente de prevención

37

·         El componente de atención

37

·         El componente de seguimiento

37

CAPÍTULO V

38

Ø  Del sistema de evaluación  institucional

38

§  Objetivo

38

§  Propósitos

38

Ø  Derechos del estudiante

38

Ø  Deberes del estudiante

38

Ø  Escala de valoración institucional

39

Ø  Criterios de evaluación institucional:

39

§   Desempeño superior.

39

§   Desempeño alto

39

§   Desempeño básico

40

§   Desempeño bajo

40

Ø  Estrategia de registro y  seguimiento de la evaluación

41

Ø  Valoración de las operaciones cognitivas y niveles de complejidad según los procesos de pensamiento de los estudiantes

41

Ø  Valoración de los desempeños afectivos.

42

Ø  Valoración de las áreas, asignaturas y profundizaciones

43

§   Asignaturas

44

§   De las profundizaciones

44

Ø  Criterios de aprobación, promoción y no promoción

44

§  Criterios de aprobación

44

§  Criterios de promoción

44

§  Criterios de no promoción

45

§  Criterios de promoción anticipada de grado

45

Ø  Para estudiantes no promovidos el año anterior

45

Ø  Comisión de evaluación promoción

46

§  Definición

46

§  Funciones

46

§  Conformación

47

§  Quórum

47

§  Actas

47

Ø  Criterios de valoración de los estudiantes con necesidades educativas especiales (nee) y en proceso de inclusión

47

CAPÍTULO VI

50

Ø  Faltas  y medidas de orientación y corrección

50

§  Situaciones tipo i.

50

·         Clasificación de las situaciones tipo I.

51

·         Ruta de atención de situaciones tipo I.

52

§  Situaciones tipo ii.

52

·         Clasificación de las situaciones tipo II.

52

·         Ruta de atención de situaciones tipo II.

53

§  Situaciones tipo iii.

54

·         Clasificación de las situaciones tipo III.

54

·         Ruta de atención de situaciones tipo III

54

Ø  Correctivos y orientaciones

55

Ø  Circunstancias de atenuación

55

Ø  Circunstancias agravación.

56

Ø  Protocolo de desescolarización

56

CAPITULO VII

57

Ø  Responsabilidades frente a la ley 1620 de 2013

57

Ø  Responsabilidades de la institución educativa

57

Ø  Responsabilidades frente al decreto 1290/2009.

57

Ø  Responsabilidades, derechos y deberes del  rector de la institución educativa

58

§  Responsabilidades del rector de la institución

58

§  Derechos y deberes del rector (a) de la institución

58

Ø  Responsabilidades, derechos y deberes de los docentes de la institución

58

§  Responsabilidades de los docentes de la institución

58

§  Derechos de los docentes de la institución

59

§  Deberes de los docentes de la institución

59

§  Sistema de reconocimiento y estímulo a los docentes

60

Ø  Derechos y deberes del personal administrativo

60

Ø  Responsabilidades, derechos y deberes de los padres y madres de familia

60

§  Responsabilidades frente a la ley 1620/2013.

60

§  Responsabilidades frente al decreto 1286/2005.

61

§  Responsabilidades frente al decreto 1290/2009.

61

§  Derechos de los padres y madres de familia

61

§  Deberes de los padres y madres de familia

62

§  Sistema de reconocimiento y estímulo a padres y madres de familia

63

Ø  Responsabilidades, derechos y responsabilidades de los estudiantes de la institución

63

§  De las responsabilidades de los estudiantes

63

§  Derechos de los estudiantes

63

§  Deberes de  los estudiantes

64

§  También son deberes de los estudiantes

65

§  Del sistema de reconocimiento y estímulo a los estudiantes

66

Ø  Otras normas de comportamiento en espacios escolares

67

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Manual de Convivencia tiene como propósito fundamental el garantizar una convivencia armónica entre todos los actores escolares, pero también tiene un sentido formativo. Es un instrumento que sirve a los objetivos de la educación de proporcionar a los educandos una formación en los valores morales, sociales y cívicos, aparte de instrucción en el conocimiento de las ciencias y de la cultura que les permita definir y reafirmar su personalidad y ejercer sus potencialidades humanas. “Los establecimiento educativos tendrán un reglamento manual de convivencia, en el cual se definan los derechos  y obligaciones, de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matriculan correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo  Art. 87 ley 115 de 1994”

 

 

 

CAPITULO I

 

PRINCIPALES NORMAS SOBRE LAS QUE SE BASA EL PRESENTE MANUAL DE CONVIVENCIA

 

MARCO LEGAL

 

  • La Constitución Política Colombiana de 1991, como norma de normas, que supera y prevalece sobre cualquier disposición jurídica que exista. En sus primeros artículos expresa los mandatos que buscan el desarrollo integral del hombre colombiano. Entre estos son relevantes y se adoptan para la gestión educativa, los Artículos 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 73, 79, 80, 82, 87 y 95. Entre otros.

 

  •  La Ley General de Educación (Ley 115 de febrero de 1994) y, en especial, por su relevancia en el diseño del Manual de Convivencia, los Artículos 73, 87, 91, 94, 142, 43, 144 y 145. Y sus artículos 24 y 25.
  • El Decreto 1860 de agosto 5 de 1994, que reglamenta la Ley 115/94, para el diseño del Manual de Convivencia. De este Decreto se adoptan principalmente los Artículos 17, 18, 9, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 54, 55 y 56.
  • Decreto 1098 Ley de Infancia y Adolescencia, en todo su contenido.
  • La Ley 30 de 1986 sobre Prevención de la Drogadicción y el Decreto reglamentario 3788. Por su implicación y relevancia se adoptan los Artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16 y 17.
  •  El Decreto 1108 del 31 de mayo de 1994, del Ministerio de Justicia. Por el cual se sistematizan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, en especial los Artículos 9 al 15.
  • La Ley 181 de 1991, de la que se adoptan completamente los Artículos 23 y 25; más otros artículos pertinentes de la Ley del Deporte (Ley 181 y sus reformas reglamentarias).
  • La Resolución 3353 de julio de 1993 emanada del Ministerio de Educación, por la cual se establece el desarrollo de programas y proyectos institucionales de Educación Sexual en la educación básica del país.
  • La Directiva Ministerial 016 del 28 de febrero de 1995. Por el cual se dan algunas orientaciones para la adopción del Proyecto Educativo Institucional –PEI- y la fijación provisional de sus indicadores de logro.
  • La Ley 375 de Julio 4 de 1997: Por la cual se crea la ley de la juventud y se dictan otras disposiciones.
  •  La Ley 715 de Diciembre 21 de 2001: Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
  • El Decreto 1286 de abril 27 de 2005, que reglamenta la participación de los padres de familia, entre otros.
  • Ley 1096 de 2006 por la cual se dictan normas sobre los derechos y deberes de una sana educación sexual y reproductiva.
  • El Decreto 1290 de abril 16 de 2010 en su totalidad: Por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional.
  • Sentencias de la Corte Constitucional. Ley 1453 del 24 de junio de 2011 Ley de Seguridad Ciudadana.

 

 

 

  • Ley 1620 de Marzo 15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"
  • Decreto 1965 de Septiembre de 2013” por la cual se reglamenta la ley 1620 de Marzo de 2013”

 

MARCO JURISPRUDENCIAL

 

Sentencia T-341/03. Naturaleza.

 

“Por exigencia legal expresa, los planteles educativos tienen a su disposición un instrumento o medio importante para regular y evaluar la conducta escolar de los estudiantes, mediante el señalamiento, en forma autónoma, de los derechos, deberes y obligaciones de los mismos en sus relaciones con los demás estudiantes, los educadores y los directivos, las faltas de conducta, las sanciones respectivas, los órganos competentes para imponer éstas y el procedimiento aplicable, en todo lo cual tales establecimientos deben acatar los mandatos, prohibiciones y límites contemplados en el ordenamiento jurídico, en especial en las normas constitucionales que consagran los derechos fundamentales de las personas”[1].

 

 

 

Sentencia T-386 de 1994. M.P. Dr: Antonio Barrera Carbonell.

 

“En efecto el aludido poder reglamentario que implementa el legislador tiene su soporte en la Constitución Política, la cual caracteriza la educación como un servicio público (art 67), cuya prestación puede estar no sólo a cargo del Estado sino de los particulares, y la somete al régimen jurídico que rige la Ley (art 365). De esta circunstancia particular resulta que las decisiones reglamentarias de alcance general adoptadas por la administración de un organismo educativo privado, tienen, en principio, un poder vinculante similar al de los reglamentos administrativos expedidos a regular la vida estudiantil en lo relativo a los derechos y prerrogativas derivados de su condición de usuarios o beneficiarios de la educación, e igualmente en lo atinente a las responsabilidades que dicha condición les impone. De la relación armónica entre derechos y deberes de los educandos y educadores y la responsabilidad que se puede exigir y a unos y a otros, se logra el objetivo final cual es la convivencia creativa en el medio educativo”[2].

 

Sentencia T-859 de 2002 M.P. Eduardo Montealegre Lynett.

 

“El manual de convivencia constituye el reglamento donde constan los derechos y obligaciones de los estudiantes, sus padres o tutores y la entidad educativa, el cual es aceptado al momento de firmar la correspondiente matrícula (Ley 115 de 1994, artículo 87 y Decreto 1860 de 1994, artículo 17). Tiene una naturaleza tripartita, pues de un lado reviste las características propias de un contrato de adhesión; por el otro constituye las reglas mínimas de convivencia escolar, dentro del ámbito de la autonomía conferida a los centros educativos y, finalmente, es también expresión de la participación y el pluralismo, toda vez que en su diseño concurre toda la comunidad educativa. (Directivos, padres de familia, docentes, egresados y alumnos)” [3].

 

 

 

Sentencia T-02 de 1992 M.P. Dr Alejandro Martínez Caballero.

 

“Siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el cumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento exigido por los reglamentos, puede dar lugar a la sanción establecida en el ordenamiento jurídico para el caso.

 

Quién ingresa a un centro educativo, no sólo puede exigir de éste calidad en la educación que recibe, una planta de docentes acorde con el programa escolar, sino que también se somete a un reglamento académico y a un régimen disciplinario diseñado para cumplir con los objetivos que orientan a la institución educativa. La exigencia académica, el cumplimiento de unas normas de disciplina para hacer la convivencia escolar viable y ordenada, son elementos básicos que obligan al educando y le imponen una responsabilidad de respeto y acatamiento. Si dichas obligaciones no se asumen con responsabilidad, las sanciones que el mismo Manual de Convivencia señala le pueden ser aplicadas, siempre y cuando se hagan con respeto del derecho al debido proceso y de defensa del estudiante.

 

Se tiene entonces que las normas que prescriben la conducta a seguir en determinado plantel educativo y las sanciones contempladas como consecuencia de la violación constituyen el conjunto de regulaciones que permiten la convivencia en él. Así, las disposiciones atinentes al comportamiento social se expresan en los reglamentos internos o manuales de convivencia de cada centro y constituyen una herramienta pedagógica encaminada a propiciar que los alumnos aprendan principios, valores, responsabilidades, y se eduquen con disciplina y respeto en sus relaciones cotidianas con sus compañeros y docentes. Estas normas establecen por tanto criterios y procedimientos de comportamiento y de interacción entre alumnos, docentes y autoridades del centro educativo” [4]

 

 

 

Sentencia  C – 555 de diciembre 06 de 1994 anotó: “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema educativo, salvo que existan elementos razonables – incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante – que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada” [5]

 

Inmersa en la Misión Institucional, están los propósitos educativos y de formación integral, conceptos que trascienden lo meramente académico y formal, sino más bien, incluye brindar posibilidades de derecho, no sólo a pertenecer a la institución, sino también a la igualdad de condiciones que le generen espacios y oportunidades.

 

 DEFINICIONES:

 

ü  Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

 

ü  Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

 

ü   Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

 

ü  Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

 

ü  Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

 

ü  Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

 

ü  Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

 

ü  Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.

 

ü  También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

 

ü  Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

 

ü  Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

 

ü  Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

 

ü  Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan

 

CAPITULO II

 

DE LA IDENTIDAD INSTITUCIONAL

 

NATURALEZA:

 

El Colegio  Integrado EDUARDO CAMACHO GAMBA, es una institución educativa, fundada el 18 de marzo de 1968 por el presbítero Roberto Quijano Ardila, y creada con reconocimiento de carácter oficial, mediante  Decreto 184 del 11 de febrero de 1.970, con registro DANE 168229000011 que atiende población mixta en calendario A, de los sectores urbano y rural del municipio de Curití, Departamento de Santander; fundamenta sus procesos educativos en los lineamientos curriculares y los estándares básicos de competencias atendiendo políticas educativas nacionales y ofrece educación formal a estudiantes en los niveles de preescolar, básica (primaria y secundaria) y media (10 y 11º), en jornadas diurnas: mañana y tarde.

 

 

 

MISION

 

La institución educativa colegio integrado EDUARDO CAMACHO GAMBA, ubicada en el municipio de Curití, conformada por sedes rurales y urbanas ofrece a la niñez y juventud curiteña,  un proceso de formación integral, centrando su acción en la persona como un ser inacabable e inteligente, a fin de potencializar su desarrollo actitudinal, cognitivo y productivo; para que sea capaz de trascender en los procesos sociales, culturales y productivos en el contexto local, regional y nacional.

 

 

 

VISION

 

En el año 2020 ser reconocidos en la región por la integralidad de la propuesta educativa, centrada en el desarrollo del ser, la calidad académica certificada y el desarrollo de competencias productivas; promoviendo la formación de ciudadanos comprometidos con su entorno, con capacidad para enfrentar las exigencias de un medio cambiante y competitivo.

 

 

 

 

 

FILOSOFÍA

 

La institución educativa Eduardo Camacho Gamba “liderando procesos de crecimiento humano”, convencida que “todos somos institución” establece que es necesario dialogar con toda la comunidad sobre la cotidianidad pedagógica y científica entre otras, como elementos dentro de los procesos utilizados para formarla en el campo personal y, social, para que les permita crear nuevos modos de sentir, pensar y de actuar.

 

Es así como la filosofía institucional pone en consideración de la comunidad educativa, procesos dinámicos, expresivos y creativos que potencian a analizar, comprender, discernir e interpretar la realidad que las personas viven en sí mismas y en su entorno social, con el fin de que paulatina y consecuentemente construyan su propia identidad personal, solucionando problemas y mejorando sus condiciones de la vida y la de su entorno, apoyados en un proyecto de vid fundamentado en principios y valores Antropo-Éticos, que tengan como brújula el destino común de la humanidad.

 

Toda persona en un ser en crecimiento; es para sí mismo un conjunto de interrogantes sin responder, en busca de respuestas, lo que le permitirá adquirir conciencia de sí, de lo que es, de lo que de hacer y sobre todo de lo que puede llegar a SER.

 

Toda persona como parte de la institución debe aprender a combinar y elegir entre las normas que encuentra al nacer y los principios y valores que libremente puede adoptar. Debe aprender lo que considere, con buen criterio, como valioso e importante para su proyecto de vida y también debe considerar la posibilidad de desaprender lo que vea como contrario para su plena realización.

 

 

 

Las acciones formativas de la  institución educativa Eduardo Camacho Gamba están orientadas hacia la interiorización de los valores propios de su filosofía y son ellos los que constituyen el criterio básico para todas las actividades pedagógicas y la toma de decisiones y se fundamentan en los siguientes principios:

 

 

 

PRINCIPIOS.

 

Definición: Son reglas o normas de conducta de carácter universal, propias del ser humano, que se asumen bajo la esencia del criterio personal y de la consciencia individual.

 

 

 

Solidaridad: Es una manifestación emotiva por lo que una persona se siente vinculada al resto de la humanidad, este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    Participación: Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 88 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.

 

o    Corresponsabilidad: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.

 

o    Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones

 

o    Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

 

o    Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

 

Libertad: Permite reconocimiento como seres humanos plenos, con iniciativa propia a partir de la interiorización del Principio Rector de la Filosofía Institucional fundamentada en el DERECHO-DEBER. (Poder hacer lo que se me permite hacer). Este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona expresa sus ideas y es escuchada de acuerdo con la dimensión de lo que quiere decir.

 

o    La persona hace uso del espacio y tiempo sin más límites que los previstos en el Manual de Convivencia.

 

o    La persona hace uso de su autonomía soportado en el Principio Derecho- Deber

 

Disciplina: Modo de actuar consciente y voluntariamente con responsabilidad. Este Principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona manifiesta autorregulación emocional, generando opciones positivas que le permiten la sana convivencia.

 

o    La persona utiliza el dialogo efectivo y afectivo en la cotidianidad.

 

o    La persona utiliza técnicas y hábitos sanos que favorecen su crecimiento personal.

 

Respeto por la diferencia: Reconocimiento de la condición diferente de los demás. Este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona es capaz de convivir con los demás en forma pacífica y constructiva.

 

o    La persona valora la pluralidad reconociendo y respetando su identidad.

 

o    La persona es capaz de formular y aceptar críticas positivas

 

Liderazgo: Capacidad tanto individual como grupal de integrar y convocar alrededor de objetivos comunes, inspirados en los propósitos institucionales. Este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona escucha activamente a los demás.

 

o    La persona comparte y comunica sus saberes con quienes los requieran.

 

o    La persona agrega valor a la relación con los otros en cada uno de los contactos que establece.

 

Creatividad: capacidad de imaginar realidades susceptibles de ser construidas individual o colectivamente. Este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona logra presentar alternativas no contempladas usualmente.

 

o    La persona manifiesta en sus realizaciones la capacidad de innovar o transformar.

 

o    La persona muestra análisis y síntesis de información que conduce a la generación de ideas nuevas.

 

o    La persona muestra interés por resolver sus cuestionamientos profundizando en la creación de sus propios modelos.

 

o    La persona utiliza los errores como oportunidades para buscar soluciones no contempladas.

 

o    La persona ensaya responsablemente sus innovaciones con el fin de socializarlas e implementarlas.

 

Flexibilidad: Capacidad de revisar permanentemente paradigmas personales y colectivos, logrando realizar modificaciones que respondan a las necesidades del entorno. Este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona revisa, analiza y mejora periódicamente su organización personal y colectiva con el fin de realizar excelentes propuestas.

 

o    La persona está atenta a retroalimentaciones que faciliten la revisión de sus procesos y procedimientos.

 

o    La persona muestra una actitud de apertura a la diferencia, aprovechándola para revisarse periódicamente.

 

o    La persona está atenta a las modificaciones del entorno, con el fin de generar adaptaciones asertivas.

 

Investigación: Desarrollo permanente de la capacidad innovadora que permite la generación, transmisión y validación del conocimiento con un claro referente social. Este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona manifiesta interés por explorar y estudiar problemas susceptibles de investigación.

 

o    La persona tiene una actitud de aceptación del cambio como inspirador de innovaciones.

 

o    La persona conoce claramente sus aptitudes y las desarrolla creativamente.

 

o    La persona refleja continua curiosidad por conocer e indagar sobre las posibles explicaciones de los fenómenos susceptibles de ser investigados.

 

o    La persona conoce y aplica las metodologías que garantizan el rigor de sus investigaciones

 

Calidad: Proceso continúo que genera la actitud de orientar el esfuerzo tanto individual como colectivo hacia el incremento permanente y significativo del nivel de efectividad institucional. Este principio se manifiesta en los siguientes comportamientos diarios básicos de cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa:

 

o    La persona tiene una clara organización de su trabajo y de los recursos para realizarlo.

 

o    La persona responde de manera sistemática a una organización ya establecida.

 

o    La persona utiliza sistemas claros y consistentes de evaluación continua con base en referentes establecidos.

 

o    La persona mantiene seguimiento y control sobre los procesos y las actividades diarias.

 

o    Las personas responden en todas y cada una de sus actividades a estándares establecidos.

 

OBJETIVOS INSTITUCIONALES.

 

  1. Proporcionar a los estudiantes del Colegio Eduardo Camacho Gamba, una sólida formación integral basada en valores éticos, morales y espirituales que propicien el respeto  a los derechos humanos.
  2. Fomentar en los estudiantes de la institución educativa, prácticos democráticas para el aprendizaje de principios y valores, estimulando la autonomía y la responsabilidad en la participación y organización ciudadana.
  3. Fomentar en los estudiantes conocimientos y actitudes para el desarrollo de su personalidad y capacidad para asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes.
  4. Inculcar y promover en el estudiante actitudes que propendan por el cuidado, conservación y mejoramiento del medio ambiente.
  5. Propiciar el avance en la calidad y mejoramiento académico mediante estrategias que motiven y estimulen la excelencia; que se vea  reflejada en los resultados de las pruebas  SABER de los grados 3, 5, 9 y 11 y en la continuidad de su perfil profesional.
  6. Establecer alianzas estratégicas con otras Instituciones de la región, que apoyen los procesos de desarrollo cognitivo y productivo de nuestros estudiantes.
  7. Fomentar acciones de gestión para que nuestra institución sea la mejor vía para la continuidad de estudios a nivel tecnológico y profesional de nuestros egresados.
  8. Fortalecer en los estudiantes el dominio del inglés como idioma extranjero, que conlleve al surgimiento de oportunidades, al reconocimiento de otras culturas, al crecimiento individual y colectivo, creando condiciones más igualitarias para su desarrollo y el de la comunidad.
  9. Formar ciudadanos competentes y productivos en la zona de influencia educativa del colegio Eduardo Camacho Gamba, que genere un desarrollo sostenible a partir de la oferta y demanda de bienes y servicio en su contexto natural.
  10. Formar estudiantes competentes en el uso razonado de las posibilidades que las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación ofrece, para que estén preparados en una sociedad donde las Tics; ocupan un lugar destacado.
  11. Fomentar en la comunidad educativa Eduardo Camacho Gamba la identidad histórico-cultural y eco-turística, mediante el reconocimiento de la riqueza única y exclusiva que posee la región incentivando el sentido de pertenencia y amor por la institución, el municipio y lo nuestro.

 

SIMBOLOS INSTITUCIONALES.

 

       Escudo, Bandera e Himno del colegio (interpretación)

 

 

 

El escudo del colegio Eduardo Camacho Gamba; está dividido en tres campos y en cada uno de ellos se encuentra representada una de las palabras que forma el lema.

LAS MONTAÑAS simbolizan LA PATRIA como territorio agreste y nuestro.

LA ANTORCHA Y LOS AROS son la alegría de la JUVENTUD, que en la Institución se forma de manera integral.

EL LIBRO ABIERTO denota la CIENCIA como cúmulo de conocimientos teóricos y práctico que los alumnos desarrollan y asimilan.

Autor. Rodolfo Pinzón (diseño y significado)

 

 

       El amarillo significa el Sol. Implica energía, resplandor y brillantez, denota honor y lealtad.

       El verde significa vida abundante en la naturaleza, crecimiento, renovación, la salud y el medio ambiente. Es el color de la esperanza, de la primavera y el descanso

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

HIMNO DEL COLEGIO

 

 

 

Coro:

 

 

 

Juventud, juventud

 

a estudiar, a estudiar

 

la ignorancia vamos a vencer

 

con denuedo y valor

 

nuestra meta será

 

a la cumbre del triunfo llegar (bis)

 

 

 

Hoy aquí nos reúne un llamado

 

es la ciencia que quiere juntar

 

los que quieran seguir por su senda

 

a la cima del saber los llevará

 

 

 

Somos rocas que siendo talladas

 

con cinceles de ciencia y virtud

 

recia forma adquieren las vidas

 

al salir de la sombra la luz.

 

 

 

El estudio nos traza un camino

 

y ésta siempre debemos seguir

 

alcanzar los nobles ideales

 

para Dios y Colombia servir.

 

 

 

Un Ilustre ministro de Cristo

 

de este noble plantel fue fundador

 

gratitud le debemos por siempre

 

nuestros triunfos que sean en su honor.

 

 

 

Letra y Música

 

Maestro: JOSE ANTONIO PEREIRA ARENAS.

 

 

 

 

 

PERFIL DEL ESTUDIANTE

 

Los estudiantes de la institución educativa Eduardo Camacho Gamba son la razón de ser la institución y el centro de acción educativa, los estudiantes deben ser autónomos, críticos, sociales, activos y capaces de trascender en el contexto local y regional. El estudiante:

 

 

 

§  Es coherente con los principios filosóficos de la Institución.

 

§  Capaz y dispuesto a servir y ayudar a los demás.

 

§  Participa de la vida democrática estableciendo vínculos de unión y convivencia pacífica en la Institución, en el hogar y en la sociedad.

 

§  Se apropia de los conocimientos básicos de los distintos saberes de manera significativa, comprensiva y creativa.

 

§  Es una persona comprometida con la vida, la paz, la tolerancia, la solidaridad y los principios éticos y democráticos.

 

§  Ejerce liderazgo positivo, con capacidad para tomar decisiones en la solución de los problemas.

 

§  Demuestra un alto sentido de pertenencia a la Institución, valorando a todas las personas de la comunidad Educativa, apreciando y respetando los símbolos Institucionales.

 

§  Una persona con sensibilidad ecológica, indispensable para cuidar y fortalecer los recursos naturales y el medio ambiente en general.

 

§  Descubre y desarrolla sus talentos a través de las competencias laborales que le ofrece la Institución para ponerlos a producir en beneficio personal y comunitario.

 

§  Una persona con los conocimientos teóricos – prácticos necesarios para continuar su formación de educación superior.

 

 

 

UNIFORMES

 

Los  estudiantes de la Institución Educativa se deben caracterizar por su excelente presentación y porte adecuado y digno del uniforme.

 

 

 

EL UNIFORME DE DIARIO DEL PLANTEL ES:

 

Ø  MUJERES:

 

-Jardinera según modelo y tela acordada por la institución,   medias blancas colegiales (media-media) y zapatos negros colegiales (no deportivos).  El largo de la falda va hasta la mitad de su rodilla.

 

Se permite el uso de diademas, cintas, bambas de color azul oscuro, negro ó blanco.

 

 

 

Ø  HOMBRES:

 

-Pantalón según modelo y tela acordado por la institución, bota recta (Entre 18 y 20 cms) y correa negra; camiseta polo blanca con el escudo del colegio impreso en el bolsillo izquierdo, según diseño acordado; medias azules oscuras (media-media), sin ningún estampado y zapatos negros colegiales (no deportivos).

 

 

 

Ø  EL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN PARA LOS ESTUDIANTES SERÁ:

 

1.     Camiseta blanca con escudo  del colegio

 

2.     Sudadera Azul bota recta (18 – 20 cms)

 

3.     Medias blancas (media-media) sin ningún estampado.

 

4.     Tenis totalmente blanco.

 

 

 

Parágrafo 1: Los estudiantes que desarrollen el nivel de preescolar y primaria en cualquiera de las sedes, deberán reemplazar el pantalón de tela por un blue-jean tradicional como uniforme de diario.

 

 

 

Parágrafo 2: En actos especiales como desfiles, grados, ceremonias religiosas y demás actividades que determine la Institución, los estudiantes deberán portar el uniforme de gala que tendrá como base el uniforme de diario descrito anteriormente con la diferencia que la camisa será manga larga y con escudo y se adicionará una corbata de color rojo para hombres y las mujeres complementarán su uniforme de gala con un chaleco según el diseño y tela acordado por la institución. En estos casos los estudiantes de los niveles de Educación Preescolar y Primaria usarán pantalón de tela igual al de Secundaria.

 

 

 

Parágrafo 3: Para los estudiantes del nivel de Educación Media que desarrollen procesos de Articulación con Instituciones de Educación Superior como: Universidades, Instituciones Tecnológicas, SENA, y otras; portarán en los días de la profundización el uniforme o distintivo acordado entre la Institución de formación y el Colegio.

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                              

 

Parágrafo 4: Los estudiantes podrán usar buzo blanco o azul oscuro (unicolor) que la Institución acordó como parte del uniforme.

 

 

 

Parágrafo 5: Los estudiantes de la Institución deberán portar en forma correcta el uniforme tanto dentro como fuera del plantel. 

 

 

 

Parágrafo 6: Cuando se requiera “de particular”, quedará totalmente restringido el uso de pantalonetas, lycras cortas, bermudas, camisetas esqueleto, camisas o camisetas ombligueras, sandalias, chancletas u otra prenda similar a las anteriores.

 

 

 

Parágrafo 7: En caso de deterioro notorio del uniforme, éste deberá cambiarse dando para ello un plazo prudente convenido entre el padre de familia y la Institución.

 

 

 

Parágrafo 8: La asistencia de los estudiantes a la institución en horarios extraclase debe ser con ropa apropiada y adecuada para la actividad a desarrollar.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPITULO III

 

DE LOS ESTUDIANTES

 

ADMISIONES         

 

CONDICIONES PARA SER ADMITIDO

 

PROCESO DE ADMISION

 

El proceso de admisión es el acto por el cual la Institución Educativa   Eduardo Camacho Gamba  selecciona la población estudiantil que solicita inscripción y cumpla con los requisitos que exige la Institución para matricularse en el grado que va a cursar.

 

 

 

ADMISION DE ALUMNOS NUEVOS.

 

Para ser admitidos en la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba, debe adjuntar los documentos que exige la norma y contar con la aprobación del Rector o de quien delegue, en casos especiales (Comité de Admisiones).

 

 

 

Parágrafo 1. La Institución se reserva el derecho de recibir alumnos nuevos que su comportamiento,  convivencia o resultados académicos  sean desfavorables.

 

 

 

Parágrafo 2. Para iniciar el Nivel de media (grado décimo) se aceptan estudiantes de cualquier Institución  previo cumplimiento de la etapa de inducción, en la que  escogen alguna de las profundizaciones  ofrecidas por la Institución.

 

 

 

Parágrafo 3. Los estudiantes que soliciten cupo para el grado undécimo, deberán nivelar la profundización que desarrolle el colegio en el cronograma establecido por la Institución.

 

 

 

Parágrafo 4.  No se aceptará la matrícula a los aspirantes que no reúnan los requisitos exigidos por la Institución  y demás reglamentaciones afines vigentes al momento de la Inscripción.

 

 

 

ADMISION DE ALUMNOS ANTIGUOS.

 

Para  continuar con el proceso formativo en la misma institución se requiere:

 

Diligenciar en las fechas establecidas por la SED, el  formato de prematrícula  el cual garantiza el cupo para el siguiente año. (Proyección de cupos)

 

 

 

El análisis del proceso formativo anterior del estudiante por parte del Comité de Admisiones  para los casos especiales.

 

REQUISITOS PARA LA MATRICULA:

 

Ø  Presentarse el día de la matricula con el padre y madre o acudiente con los siguientes documentos de ley.

 

Ø  Registro civil (Copia legible).

 

Ø  Fotocopia documento de identidad.

 

Ø  Fotocopia de carnet de salud.

 

Ø  Fotocopia de observador del alumno.

 

Ø  Fotocopia de documento de identidad de los padres de familia.

 

Ø  Certificados de notas de los años anteriores.

 

Ø  Una carpeta colgante tamaño oficio sin gancho.

 

Ø  Paz y salvo de la institución de procedencia.

 

Ø  Leer, aceptar y firmar los compromisos que le exige el manual de convivencia y el contrato de matrícula.

 

Ø  Estar registrado del SIMAT de la Institución de procedencia.

 

DERECHOS, DEBERES, LIBERTADES, GARANTIAS, ESTIMULOS Y PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES

 

 

 

Los estudiantes del colegio  Eduardo Camacho Gamba deben ser conscientes, que el ejercicio de los derechos contemplados en el presente capítulo, implican claros deberes frente a la convivencia con los demás.

 

 

 

DERECHOS

DEBERES

1. Elegir libre y conscientemente al Colegio EDUARDO CAMACHO GAMBA como su institución educativa.

  1. Considerar como propio el colegio y en consecuencia interesarse y responsabilizarse del aseo, presentación correcta, conservación de la planta física y sus implementos, demostrando en todo momento el sentido de pertenencia.

2 Conocer el Manual de Convivencia para ser reconocido, aceptado y protegido como miembro de la comunidad educativa del Colegio EDUARDO CAMACHO GAMBA

  1. Conocer, estudiar y aplicar en todo momento los contenidos del Manual de Convivencia.

3. Recibir una educación integral, basado en principios éticos, morales, ambientales y socio-culturales, establecidos por la institución.

3. Dedicar todos sus esfuerzos para el logro adecuado de todas las competencias propuestas en las diferentes áreas de estudio.

4. Elegir y ser elegido en forma democrática en los diferentes comités y organismos que existan en la Institución

4.  Participar con responsabilidad  y respeto en los procesos de elección organizadas por la  Institución y cumplir satisfactoriamente con los compromisos adquiridos en los encargos  para los cuales fue elegido.

5 .No ser discriminado por sus creencias, raza, género y condición social (derechos Fundamentales C.P., ley 115 y Código de la Infancia y la Adolescencia).

5. Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa en sus creencias, raza, género y condición social.

6. Recibir las clases completas y participar en todas las actividades curriculares y extracurriculares programadas.

6. Asistir puntualmente a todas las clases. Participar, desarrollar y presentar oportunamente cada una de las actividades académicas, curriculares y extracurriculares  que programe la Institución.

7. Ser respetado y escuchado en sus opiniones, decisiones, desacuerdos o sugerencias, en las diferentes situaciones que se puedan presentar, en la instancia que corresponda.

7. Respetar, escuchar y acatar las ideas, opiniones, acuerdos y decisiones de los demás.

8. Solicitar de manera respetuosa la revisión de las evaluaciones o trabajos, cuando considere pertinente hacerlo, de manera personal o a través del personero como una segunda instancia, O llegado el caso, la intervención de un segundo calificador.

8. Asumir con serenidad, responsabilidad, respeto y aceptación las debilidades y fortalezas presentadas en el proceso evaluativo.

9. Conocer oportunamente el cronograma institucional  de actividades, la programación académica de cada área, competencias, metodología y criterios de evaluación con los  que se desarrollarán las diversas áreas adoptadas en el plan e estudio.

9. Estar atento y cumplir los compromisos basados en las normas legales y los procedimientos pertinentes en todas las actividades curriculares.

10. Recibir oportunamente  las explicaciones, orientaciones y recomendaciones  sobre los procesos académicos y comportamentales, obtenidos durante el período y al finalizar el año escolar.

10. Entender y respetar las explicaciones, orientaciones y recomendaciones sobre los procesos académicos y comportamentales.

11. Recibir oportunamente las comunicaciones, citaciones y demás información pertinente al colegio.

16. Entregar oportunamente  a los padres de familia o acudientes las comunicaciones enviadas por el colegio.

12. Disfrutar y participar en actividades sociales, culturales, recreativas, deportivas, religiosas y cívicas dentro y fuera de la institución.

12. Formar parte activa de las diferentes actividades dentro y fuera de la institución asumiendo una actitud respetuosa y responsable.

13. Solicitar la expedición de certificados y constancias.

13. Solicitar y recibir los certificados y constancias, acatando los términos fijados por la ley.

14. Presentar evaluaciones, talleres y trabajos realizados durante su ausencia justificada.

14. Presentar excusa para justificar la ausencia, debidamente diligenciada por el padre de familia o acudiente en un término máximo de tres días.

16. Presentar los debidos descargos a las  instancias que correspondan cuando haya cometido una falta y que se le garantice el debido proceso y el derecho a la defensa.

1. Sustentar los debidos descargos con veracidad, equidad y transparencia.

17. Conocer los resultados académicos antes de ser registrados en el sistema de evaluación.

17. Mostrar interés y responsabilidad en el desarrollo de sus competencias.

19. A que se me respeten mis  útiles escolares y pertenencias necesarias para mi desempeño en la institución.

 

19. Ser cuidadoso con mis útiles escolares y  pertenencias y  las de los demás y a no traer  a la institución objetos e implementos no autorizados para el desempeño académico.

Evitar realizar compraventas dentro de la institución.

20.Gozar de un ambiente armónico que permita el desarrollo de las actividades académicas

20.  Propiciar una buena disciplina y buen comportamiento en el desarrollo de actividades académicas.

 

 

21. Acceder a toda información bibliográfica que la institución le ofrezca

21. Ser responsable y dar un  buen uso al material bibliográfico que se le preste.

22. Disfrutar de todos los servicios que presta la institución acorde a los reglamentos y horarios establecidos.

22. Hacer bueno uso de los servicios ofrecidos por la institución (aula de clase, laboratorios, cafetería, biblioteca, espacios deportivos, salas de informática, sala de audiovisuales, entre otros).

23. Identificarse como miembro de la institución a través del porte del uniforme.

23. Portar convenientemente y en momento adecuado los uniformes establecidos.

23. A no ser objeto de situaciones que provoquen escarnio o discriminación que afecten su dignidad como persona

23. Abstenerse de participar o crear situaciones que induzcan al escarnio y/o discriminación publica que afecten la dignidad propia y la de los demás.

23. Conocer las observaciones positivas o correctivas que sobre su comportamiento se hagan en el observador del estudiante.

23. Responder acertadamente a la observación hecha y avalarla con su respectiva firma.

23. Recibir un trato digno y cordial  de parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

23. Dar un trato digno y cordial  a todos los miembros de la comunidad educativa.

23. Presentar las actividades de nivelaciones necesarias en el tiempo establecido por la institución acorde al decreto 1290.

23. Presentarse oportunamente en los tiempos establecidos por la institución a las nivelaciones correspondientes.

23. Recibir estímulos y reconocimientos por su comportamiento, rendimiento académico y participación en eventos que resalten el buen nombre de la institución.

23. Dedicar todos sus esfuerzos para el alcance de los objetivos y competencias académicas y formativas propuestas en la institución.

24. Ser tenido en cuenta en el comité de egresados.

24. Participar en el comité de egresados de la institución.

 

 

 

LIBERTADES

 

El colegio EDUARDO CAMACHO GAMBA por medio del presente Manual de Convivencia Escolar hace cumplir y respetar las siguientes libertades:

 

 

 

·         Libertad de expresión es decir que puede expresar su pensamiento de forma respetuosa, en el momento y espacio adecuado y por esto no tenga ninguna consecuencia de conformidad con la normativa constitucional.

 

·         Libertad y respeto por la fe religiosa para que los estudiantes de cualquier denominación cristiana, puedan disfrutar de su libertad de creencia.

 

·         Libertad para asumir en la infancia y adolescencia una buena calidad de vida (Dignidad) en los procesos de formación bio-psico-social. En esta etapa los educandos del colegio EDUARDO CAMACHO GAMBA tendrán  ambientes seguros, libres de riesgo, que favorezcan su desarrollo; afectividad, protección,  educación.

 

 

 

GARANTÍAS

 

Esta entrelazado con el principio de legalidad, el cual consiste en que las conductas, actos o comportamientos que se reprochan y las consecuencias que se derivan de ellos deben estar previamente tipificados en las normas que los regulan. La tipificación de una conducta se refiere al señalamiento descriptivo de la misma, por lo tanto el Colegio a través de diferentes acciones busca garantizar los mecanismos necesarios para:

 

 

 

ü  Ser escuchado en todos los casos y durante todos los procedimientos en los cuales se vea involucrado, lo anterior con relación al derecho a la defensa y ser atendido por los profesores y los directivos del Colegio, de acuerdo con el conducto regular establecido en presente Manual de Convivencia.

 

ü  Garantizar un diálogo civilizado entre padres, madres de familia, profesores y directivos, y el estudiante como forma de conciliación en los desacuerdos.

 

ü  Seguir la ruta de atención integral para la solución de conflictos que se presenten entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa.

 

ü  Que los procesos de evaluación Académica y de Convivencia se ajusten a lo estipulado en el presente Reglamento o Manual de Convivencia Escolar

 

 

 

DE LOS EMBARAZOS

 

La institución respetara el derecho a la educación como un derecho fundamental amparado por la constitución política de Colombia a la madre gestante, quien podrá continuar con sus estudios de forma normal hasta que su estado de salud lo permita lo cual deberá ser informado por parte de la estudiante y su acudiente con previo dictamen médico.

 

En estos casos los estudiantes deberán seguir cumpliendo con sus deberes académicos y de comportamiento contemplados en este manual, podrá utilizar el uniforme institucional acorde al avance de su estado y al finalizar su embarazo y cumplida la respectiva licencia de maternidad, consagrada por la ley, puede continuar con sus estudios.

 

 

 

ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES

 

El colegio EDUARDO CAMACHO GAMBA por medio de sus directivas reconocerán a los estudiantes que sobresalgan en los diferentes ámbitos como académico, de convivencia escolar, deportivo, en el cumplimiento de sus deberes y demás actividades que exalten el nombre del colegio de la siguiente manera:

 

 

 

Ø  Reconocimiento ante la comunidad educativa a los estudiantes deportistas que hayan representado honrosamente a la institución.

 

Ø  Reconocer a  los estudiantes que ocupen los primeros puestos por su desempeño académico al finalizar cada año escolar, con una mención de honor.

 

Ø  Otorgar reconocimiento al estudiante que obtenga los mejores resultados en las pruebas SABER ONCE en la respectiva anualidad.

 

Ø  Exaltar al mejor bachiller, teniendo en cuenta factores como desempeño académico, social y personal durante su periodo de estudio en la respectiva anualidad.

 

Ø  Otorgar mención de honor a los estudiantes por su sentido de pertenencia y liderazgo en la institución.

 

 

 

PROHIBICIONES

 

Se prohíbe todo acto que atente contra la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad.

 

§  Todo acoso escolar o bullying, conocido este como aquella conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo[6].

 

§  Ciber-bullying o Ciber-acoso, se entiende este como aquella forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado[7].

 

§  Actos de intimidación “Burla, coerción y acoso con el propósito de avergonzar, ofender, humillar o coaccionar a otro miembro de la comunidad” por cualquier motivo.

 

§  Discriminar a otros por motivos físicos, religiosos, ideológicos, socio-económicos o de cualquier otra índole.

 

§  Todo acto que atente contra la armonía y el buen clima escolar entre los/las compañeros estudiantes, profesores y todo el personal que labora en la Institución.

 

§  El trato descortés con  todas las personas que conforman la comunidad Educativa, observando las normas de urbanidad y de civismo establecidas.

 

§  El vocabulario soez y vulgar en el trato con las personas de la comunidad educativa.

 

§  El mal porte del uniforme que lo identifica como estudiante camachista, por lo cual debe asumir una actitud respetuosa y dar el buen ejemplo ante los miembros de la sociedad dejando en alto el buen nombre de la Institución.

 

SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR

 

 

 

OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

 

El Art. 4 de la Ley 1620/2013 establece que son objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar: 

 

 

 

·       Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media. 

 

 

 

·       Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares. 

 

 

 

·       Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos. 

 

 

 

·       Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección, atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar. 

 

 

 

·       Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 

 

 

 

·       Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

 

 

 

·       Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 

 

 

 

·       Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual.

 

 

 

PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

 

La Ley 1620/2013, en su Art 5, define que son principios del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

 

 

 

·       Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.

 

 

 

·       Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

 

·       Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

 

 

 

·       Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

 

 

 

·       Integralidad: La filosofía del sistema será integral y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

 

 

 

ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

 

La Ley 1620/2013, en su Art 6, define que los niveles de estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. (…) tendrá una estructura constituida por instancias en tres niveles, liderados por el sector educativo:

 

·       Nacional: Integrado por el Comité Nacional de Convivencia Escolar.

 

·       Territorial: Integrado por los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar, según corresponda.

 

·       Escolar: Integrado por el comité de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPITULO IV

 

DEL GOBIERNO ESCOLAR

 

 

 

El gobierno escolar o estudiantil está constituido por los siguientes órganos: Rector, Consejo Directivo, Consejo Académico, Personero estudiantil, Contralor estudiantil, Comité de convivencia, Consejo de estudiantes, Escuela de Padres.

 

CONSEJO DIRECTIVO.

 

DEFINICION

 

Esta instancia tiene la responsabilidad de velar por el adecuado cumplimiento de los objetivos de la institución educativa y por su concordancia con el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Lo integran el rector, dos representantes de los docentes de la institución, dos representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes, un representante de los ex alumnos.

 

 

 

FUNCIONES:

 

Son funciones del Consejo Directivo:

 

Ø  Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean competencia de otra autoridad.

 

Ø  Servir de instancia para resolver los conflictos entre docentes y administrativos con los estudiantes del plantel.

 

Ø  Adoptar el Manual de Convivencia de la Institución de conformidad con las normas vigentes.

 

Ø  Fijar criterios para la asignación de cupos disponibles.

 

Ø  Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuado por los padres de familia y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros, del texto y similares.

 

Ø  Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa.

 

Ø  Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el rector.

 

Ø  Participar en la planeación y evaluación del PEI, del currículo, del plan de estudios y someterlos a consideración de la Secretaría de educación respetiva.

 

Ø  Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución.

 

Ø  Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

 

Ø  Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño cognitivo, social y personal del estudiante.

 

Ø  Participar en la evaluación anual de docentes, directivos y personal administrativo de la Institución.

 

Ø  Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones.

 

Ø  Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes

 

Ø  Darse su propio reglamento  

 

 

 

ELECCION Y CONFORMACION

 

Integrado por: Rector del Colegio, quien lo presidirá y convocará, dos representantes del personal docente, (elegidos por  Asamblea de docentes)  un representante de los padres de familia, (elegido por el Consejo de padres)  un representante de los estudiantes de último grado, (elegido por el consejo estudiantil) un representante de los egresados y un representante del sector productivo elegido de acuerdo al artículo 21 del Decreto 1860 del 3 de Agosto 1994.

 

 

 

SESIONES

 

El rector convoca a las reuniones de este consejo según cronograma establecido al inicio del año.

 

 

 

QUORUM DECISORIO

 

Para la toma de decisiones se debe tener en cuenta la mitad más uno del número que conforma el consejo. En cualquier caso el consejo no puede sesionar sin la presencia del rector.

 

 

 

ACTAS

 

De todas las sesiones que adelante el consejo directivo se deberá elaborar un acta la cual deberá contener como mínimo los requisitos establecidos en el art. 10 de la ley 1620 de 2013

 

CONSEJO ACADEMICO.

 

DEFINICION

 

(Art. 24 Decreto 1860 de 1994.)El consejo académico, es la instancia superior que participa en la orientación pedagógica y académica de la Institución Educativa.

 

 

 

FUNCIONES: (art. 23 Art 1860 1994)

 

Ø  Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de propuestas del P.E.I.

 

Ø  Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento.

 

Ø  Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución

 

Ø  Participar en las evaluaciones institucionales

 

Ø  Integrar los consejos de docentes para evaluación periódica de los estudiantes.

 

Ø  Darse su propio reglamento

 

 

 

ELECCION Y CONFORMACION

 

Está integrado por: Rector del Colegio quien lo presidirá, el coordinador o coordinadora, un docente de cada área definida en plan de estudio, designado por los docentes de cada área, el orientado escolar o quien haga sus veces (Artículo 24 Decreto 1860-1994)

 

 

 

QUORUM

 

Para la toma de decisiones se debe tener en cuenta la mitad más uno del número que conforma el consejo. En cualquier caso el consejo no puede sesionar sin la presencia del Rector o su delegado.

 

 

 

ACTAS

 

De todas las sesiones que adelante el consejo académico se deberá elaborar un acta la cual ser leída y probada en la reunión siguiente.

 

CONSEJO ESTUDIANTIL:

 

DEFINICION:

 

Es el órgano colegiado que  asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación de los educandos  en la dinámica educativa de la institución.

 

 

 

FUNCIONES:

 

Ø    Proponer, discutir y aprobar actividades que beneficien a la comunidad educativa.

 

Ø    Presentar propuestas al consejo directivo.

 

Ø    Recibir y estudiar iniciativas de beneficio común que provengan de la comunidad educativa

 

Ø    Establecer canales de comunicación efectiva entre el personero y los demás estamentos de participación y dirección de la institución.

 

Ø    Determinar en reunión plenaria  lo requerimientos y sanciones para los representantes del         consejo estudiantil que no cumplan sus funciones

 

Ø    Reunirse una vez cada periodo, fechas establecidas en el cronograma institucional.

 

 

 

 

 

CONFORMACION:

 

Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados de la Institución y orientado por un docente. El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico,  asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.

 

Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

 

 

 

REQUISITOS:

 

Los estudiantes que aspiran ocupar estos cargos deben reunir los siguientes requisitos:

 

Ø  Llevar más de un año en la institución

 

Ø  Destacarse por su desempeño académico y disciplinario

 

Ø  Presentar dentro de su programa propuestas concretas y realizables

 

Ø  Distinguirse por el respeto hacia las personas de la comunidad y cumplir y hacer respetar el Manual de Convivencia

 

 

 

QUORUM:

 

Para la toma de decisiones se debe tener en cuenta la mitad más uno del número que la organización.

 

 

 

ACTAS:

 

De  cada sesión se dejara constancia por medio de un acta firmada.

 

PERSONERO ESTUDIANTIL:

 

DEFINICION:

 

El personero(a) de los estudiantes es una instancia de participación de los estudiantes en el gobierno escolar estudiantil en el cual los candidatos se deben inscribir durante los primeros treinta (30) días del año escolar, el cual Según el artículo 28 del decreto 1860 de 1994, "en todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la institución encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de convivencia."[8] El cual será elegido por los estudiantes de Preescolar a Undécimo, quienes eligen a uno de ellos mediante el ejercicio democrático del derecho al voto, en caso de que gane el voto en blanco, se debe convocar a nuevas votaciones con nuevos candidatos; y si vuelve a ganar el voto en blanco, será Personero de los Estudiantes el candidato que obtenga mayoría de votos en dicha elección.

 

 

 

FUNCIONES:

 

Ø  Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.

 

Ø  Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos

 

Ø  Presentar ante el rector , las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para

 

Ø  proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 

 

Ø   Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio

 

Ø  Liderar proyectos de construcción y apropiación de los valores de  la ciudadanía.

 

 

 

REQUISITOS:

 

Ø  Estar matriculado y estudiando undécimo grado.

 

Ø  Poseer espíritu de compañerismo y solidaridad.

 

Ø  No tener procesos disciplinarios vigentes en su Hoja de Vida.

 

Ø  Ser un líder positivo.

 

Ø  Tener una antigüedad mínimo de un año en la Institución.

 

 

 

BENEFICIOS:

 

Ø  Representar a la Institución en diferentes eventos.

 

Ø  Reconocimiento de su labor como Personero.

 

Ø  Ser vocero de los estudiantes ante las directivas de la Institución y comunidad en general.

 

Ø  Respeto y liderazgo ante la Comunidad Educativa.

 

Ø  Validación de 120 horas sociales por el cumplimiento de sus funciones.

 

CONTRALOR ESTUDIANTIL Y AUXILIAR:

 

DEFINICIÓN

 

El rol del Contralor Estudiantil en la Institución se adopta como un mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y en un espacio de  participación de los jóvenes que buscan la transparencia y potencia  los escenarios de participación ciudadana para vigilancia de los recursos y bienes públicos en la gestión educativa.

 

 

 

Será un estudiante matriculado en la institución, que este cursando la media básica (10 y 11), el cual será elegido democráticamente por los estudiantes matriculados el mismo día de la elección del personero estudiantil y el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Los estudiantes que ejerzan estos cargos, se les reconocerá como prestación del servicio social estudiantil obligatorio.

 

El contralor auxiliar será el que obtenga la segunda votación.

 

FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL Y AUXILIAR:

 

Ü  Presentar ante el rector y ante el Consejo Directivo de la Institución, según sus competencias de oficio o petición de parte, solicitudes y proyectos relacionados con el buen uso de los bienes y recursos que utilice la Institución Educativa, para que estas instancias estudien la posibilidad de incluirlos dentro de los gastos a realizar con cargo a los recursos docentes.

 

Ü  Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la gestión de las instituciones educativas.

 

Ü  Promover la rendición de cuentas en las instituciones educativas.

 

Ü  Velar por la correcta destinación y ejecución de los recursos de los fondos de los recursos de los fondos de servicios docentes para lo cual el rector de la Institución le deberá permitir el acceso ágil y oportuno a la información presupuestal, contractual y contable que el contralor estudiantil requiera.

 

Ü  Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la institución educativa.

 

Ü  Velar por el cumplimiento de los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes establecidos por el consejo Directivo.

 

Ü  Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las instituciones educativas.

 

Ü  Presentar ante el rector o Consejo Directivo de la Institución según sus competencias, las solicitudes de oficio o petición de parte que considere necesarias  para proteger los bienes públicos de la institución educativa.

 

Ü  Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al rector y al Consejo Directivo. Sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.

 

Ü  Poner en conocimiento del organismo de control competente las denuncias que tengan merito con el fin de que se apliquen los conocimientos de investigación y sanción que resulten procedentes.

 

Ü  Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión realizada durante el periodo.

 

Ü  Conocer el Proyecto Educativo Institucional PEI, el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.

 

Ü  Velar por el cuidado del medio ambiente.

 

 

 

REQUISITOS:

 

ü  Estar matriculado

 

ü  Ser estudiante de educación media básica del grado 10º y 11º de la Institución.

 

ü  No conservar Procesos Disciplinarios Vigentes en su Hoja de Vida

 

ü  Ser un Líder positivo.

 

ü  Tener los principios éticos que orientarán las actuaciones de los contralores estudiantiles, como son:

 

  • Los bienes públicos son sagrados
  • La gestión pública democrática y participativa
  • Todos los ciudadanos y sujetos de control son iguales frente al ejercicio de la función fiscalizadora.
  • Los resultados del ejercicio del control son públicos.
  • Parágrafo: El contralor auxiliar será quien obtenga la segunda mayor votación para este cargo y cumplirá las mismas funciones cuando el titular se ausente.

 

CONSEJO DE PADRES

 

DEFINICION

 

Es el organismo que representa a los padres de familia y que apoya los procesos pedagógicos generados por el colegio para la formación integral de sus educandos promoviendo espacios de representación, participación y expresión colectiva de los padres de familia.

 

 

 

CONFORMACION

 

Está integrado por un representante por cada grado. Para ello el colegio brindará un espacio en la primera reunión por grados para que los padres de familia los elijan voluntariamente. Podrá organizar comités de trabajo afines con el P.E.I. y el Plan de Desarrollo de la Institución. Debe reunirse por su cuenta por lo menos una vez cada período.

 

 

 

FUNCIONES:

 

Ø   Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.

 

Ø  Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

 

Ø  Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

 

Ø  Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

 

Ø  Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.

 

Ø  Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

 

Ø  Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.

 

COMITÉ ESCOLAR  DE CONVIVENCIA

 

DEFINICION:

 

El comité de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, cuyos objetivos serán cumplidos a través de la promoción, orientación y coordinación de estrategias, programas y actividades, en el marco de la corresponsabilidad de los alumnos, los docentes, la familia, la sociedad y el Estado.

 

 

 

Este comité reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, y a la comunidad educativa en los niveles de preescolar, básica y media como la responsable de formar para el ejercicio de los mismos, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política Nacional, las Leyes 115 de 1994 y 1098 de 2006, las disposiciones del Consejo Nacional de Política Social y demás normas asociadas a violencia escolar, que plantean demandas específicas al sistema escolar.

 

 

 

OBJETIVOS DEL COMITÉ

 

Ø    Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias de la institución educativa para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media.

 

 

 

Ø    Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios del colegio, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares.

 

 

 

Ø    Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.

 

 

 

Ø    Promover el desarrollo de estrategias y actividades para que los diferentes estamentos de participación fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, detección y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la prevención de embarazos precoces en adolescentes y el mejoramiento del clima escolar.

 

 

 

Ø    Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente las relacionadas con el acoso escolar y violencia escolar, incluido aquel que se pueda generar a través del uso del internet.

 

 

 

Ø    Definir la ruta de atención escolar para la convivencia escolar.

 

Ø    Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

 

Ø    Orientar estrategias y programas de comunicación para la movilización social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

Ø    Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual

 

 

 

CONFORMACION:

 

El comité de convivencia escolar y  para el ejercicio de derechos humanos, sexuales y prevención de la violencia escolar está integrado, así:

 

1.   El rector del colegio, quien preside el comité

 

2.   El personero estudiantil

 

3.   El docente con función de orientación

 

4.   Las coordinaciones.

 

5.   El presidente del Consejo de padres de familia

 

6.   Un docente de sociales de la media o básica

 

Parágrafo: El comité podrá citar a reunión, con voz pero sin voto, a cualquier miembro de la comunidad educativa.

 

 

 

FUNCIONES DEL COMITÉ

 

Ø  Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

 

Ø  Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

 

Ø  Promover la vinculación de los integrantes de la comunidad educativa a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

 

Ø  Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

 

Ø  Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

 

Ø  Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

 

Ø  Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia.

 

Ø  Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

 

 

 

SESIONES.

 

El comité de Convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, se reunirá ordinariamente una vez en cada periodo académico en el calendario que establezca con anterioridad el presidente del Comité, o cuando sea pertinente a juicio del presidente con citación previa escrita  que debe incluir: hora, lugar, asunto, una agenda y orden del día.

 

 

 

QUORUM.

 

Hay quórum para deliberar y tomar decisiones válidas con la mitad más uno de los miembros designados por la misma ley, presentes y con voz y voto.

 

 

 

ACTAS

 

 El comité llevará un libro de actas numerado el cual será de responsabilidad de la secretaria elegida internamente por el mismo comité para periodos de un año.

 

 

 

ORGANIZACIÓN INTERNA

 

1.      Del presidente. El presidente del comité es siempre el rector de la institución. Es quien convoca y preside el comité. Hace el orden del día y la agenda de deliberaciones. Implementa las decisiones del comité aprobadas en reunión, una vez haya sido aprobada el acta en cada reunión.

 

2.      Del secretario(a). Es designada por el mismo comité por el periodo. Es quien lleva el libro de actas, convoca en común acuerdo con el rector, a los miembros del comité.

 

3.      De los vocales. Se consideran vocales a los demás miembros del Comité que actúan con voz y voto en cada reunión.

 

 

 

RESPONSABILIDADES  DEL COLEGIO EDUARDO CAMACHO GAMBA.

 

1.      Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal del colegio, el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

 

2.      Implementar el comité de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12, y 13 de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013

 

3.      Desarrollar los componentes de prevención y promoción a través del Manual de Convivencia y la aplicación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar con el fin de proteger a los estudiantes contar toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

 

4.      Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el Manual de convivencia, el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativos que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

 

5.      Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

 

6.      Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

 

7.      Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

 

8.      Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

 

 

 

RESPONSABILIDADES DEL RECTOR:

 

1.      Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la Ley 1620 de 2013.

 

2.      Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

 

3.      Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

 

4.      Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos

 

 

 

RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES:

 

 

 

1.   Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

 

 

 

2.   Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

 

 

 

3.   Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

 

4.    Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

 

 

 

PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.

 

 

 

La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:

 

 

 

1.      Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

 

2.      Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

 

3.      Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

 

4.      Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.

 

5.      Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

 

6.      Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

 

7.      Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

 

8.       Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

 

 

 

PROCEDIMIENTO.

 

 El comité reportará los casos al sistema de Información Unificado de convivencia para la identificación, registro y seguimiento de los casos de acoso, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a los niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos. Este Sistema garantizará el derecho a la intimidad y la confidencialidad de las personas involucradas, de acuerdo con los parámetros de protección fijados en la Ley Estatutaria 1266 de 2008.

 

La estructura del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, deberá permitir al Comité Nacional de Convivencia Escolar y a los comités, municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar, contar con información e indicadores de los casos de acoso escolar, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a los niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos, como insumo para la orientación de sus políticas y estrategias.

 

 

 

El Sistema de información unificado de convivencia escolar actuará de manera articulada con el Sistema de Información Misional-SIM del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, con los sistemas de información del Sector Salud que sean pertinentes y Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el objetivo de consolidar información que permita identificar las acciones conjuntas y las específicas adelantadas por parte de cada una de las entidades del Sistema frente a cada caso reportado en el mismo, a favor de la protección de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes.

 

 

 

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

 

La ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar define los procesos y los protocolos que se debe el comité.

 

En cumplimiento de las funciones señaladas en cada uno de los niveles, las instituciones y entidades que conforman el Sistema deben garantizar la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten el establecimiento educativo o en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media, así como de casos de embarazo en adolescentes.

 

 

 

 

 

 

 

COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

 

La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento.

 

 

 

EL COMPONENTE PROMOCIÓN

 

Se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades.

 

 

 

EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN

 

Deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar.

 

 

 

EL COMPONENTE DE ATENCIÓN

 

Deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia ú acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

 

  Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad                del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.

 

 

 

EL COMPONENTE DE SEGUIMIENTO

 

Se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPITULO V

 

DEL SISTEMA DE EVALUACION  INSTITUCIONAL

 

 

 

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LOS NIVELES DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “EDUARDO CAMACHO GAMBA” DE CURITÍ.

 

 

 

El presente Sistema de Evaluación de Aprendizajes y Promoción de estudiantes se ha elaborado y modificado de acuerdo con lo establecido en las normas reglamentarias vigentes en la Legislación Educativa de la República de Colombia, los lineamientos formulados por el Ministerio de Educación Nacional y la autonomía educativa otorgada a la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití, para ser aplicado a los estudiantes de los niveles de educación Básica Primaria, Educación Básica Secundaria y Educación Media matriculados en ella.

 

 

 

OBJETIVO

 

Reglamentar los criterios para la Evaluación del Aprendizaje y la Promoción de los estudiantes de los Niveles de Educación Básica Primaria, Educación Básica Secundaria y Educación Media de la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití.

 

 

 

PROPÓSITOS

 

Son propósitos de la Evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional: 

 

 

 

·         Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

 

·         Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 

 

·         Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a    aquel o los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 

 

·         Determinar la promoción de estudiantes. 

 

·         Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. 

 

 

 

DERECHOS DEL ESTUDIANTE

 

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a:

 

v  Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.

 

v  Conocer el sistema institucional de evaluación, criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.

 

v  Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a éstas.

 

v  Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.

 

 

 

DEBERES DEL ESTUDIANTE

 

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe:

 

 

 

v  Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos en el presente sistema institucional de evaluación de aprendizajes y promoción de estudiantes.

 

v  Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.

 

v  La escala de valoración del desempeño de los estudiantes del Colegio Eduardo Camacho Gamba en su sistema de evaluación conforme a la normatividad vigente expresa su equivalencia en niveles de acuerdo a la siguiente tabla:

 

 

 

Niveles de Desempeño en la

Escala  de  Valoración Nacional

Rangos Numéricos en la

Escala  de  Valoración Institucional

          Desempeño Superior

Entre 4,50 y 5,00

          Desempeño Alto

Entre 4,00 y 4,49

          Desempeño Básico

Entre 3,00 y 3,99

          Desempeño Bajo

Entre 1,00 y 2,99

 

 

 

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

 

·         La institución define y adopta su escala de valoración de los desempeños de los estudiantes en su sistema de evaluación y promoción para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos. Esta escala expresa su equivalencia con la escala de valoración nacional teniendo en cuenta los estándares básicos, las orientadores y lineamientos expedidos por el MEN y lo establecido en el PEÍ.

 

v  Cada establecimiento educativo definirá y adoptará  su  escala  de  valoración  de  los          desempeños  de los  estudiantes  en  su  sistema  de  evaluación.

 

v  Facilitará la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos, cada escala   deberá expresar su equivalencia con la escala de valoración nacional.

 

v  La escala de valoración del desempeño de los estudiantes del Colegio Eduardo Camacho Gamba en su sistema de evaluación conforme a la normatividad vigente expresa su equivalencia en niveles de acuerdo a la siguiente tabla:

 

 

 

Niveles de Desempeño en la

Escala  de  Valoración Nacional

Rangos Numéricos en la

Escala  de  Valoración Institucional

          Desempeño Superior

Entre 4,50 y 5,00

          Desempeño Alto

Entre 4,00 y 4,49

          Desempeño Básico

Entre 3,00 y 3,99

          Desempeño Bajo

Entre 1,00 y 2,99

 

 

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL:

 

DESEMPEÑO SUPERIOR.

 

Descripción: Asume un comportamiento excelente, acorde con   los principios institucionales, alcanza óptimamente los logros propuestos y ejecuta de manera apropiada los procesos que le permiten enriquecer su aprendizaje así:

 

  1. Participa activamente en el desarrollo de las actividades de aula y en la institución.
  2. El trabajo en el aula es constante y demuestra alto nivel de competencias.
  3. Relaciona los temas de clase con sus experiencias cotidianas   y adopta una posición crítica.
  4. Se apropia de los conceptos y es competente en la aplicación de los mismos.
  5. Respeta y participa en las actividades planteadas por el docente y por sus compañeros.
  6. Su comportamiento y actitud contribuye positivamente a la dinámica del grupo.
  7. Enriquece las temáticas vistas en clase a través de la consulta.
  8. Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
  9. Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas, y las argumenta con propiedad.
  10. Cumple con los horarios de clase, cuando necesita ausentarse justifica las ausencias sin afectar su            proceso de aprendizaje.
  11. Alcanza todas las competencias propuestos sin actividades de recuperación.
  12. Porta adecuadamente su uniforme según el horario y actividad.

 

 

 

DESEMPEÑO ALTO

 

Descripción: Mantiene una actitud positiva y un comportamiento sobresaliente dentro de los  valores y principios institucionales, alcanza satisfactoriamente las competencias propuestos en su proceso de aprendizaje así:

 

a.            Comprende y argumenta los conceptos aprendidos en clase

 

b.            Participa moderadamente en las actividades en el aula.

 

c.             Su trabajo es constante y demuestra un buen nivel de competencias.

 

d.            Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.

 

e.            Aporta ideas que aclara las posibles dudas que surjan durante el proceso.

 

f.              Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros

 

g.            Presenta a tiempo sus trabajos consultas y tareas.

 

h.            Su desempeño es bueno aunque requiere de algunas actividades complementarias.

 

i.              Tiene faltas de asistencia justificadas.

 

j.              Sigue el ritmo de trabajo con la ayuda y orientación del docente  de cada área y asignatura.

 

k.             Porta adecuadamente su uniforme según el horario y actividad.

 

 

 

DESEMPEÑO BÁSICO

 

Descripción: Presenta un desempeño y comportamiento aceptable con los valores y principios institucionales y cumple los requisitos mínimos para alcanzar los desempeños necesarios.

 

·         Participa eventualmente en clase.

 

·         Su trabajo en el aula es inconstante.

 

·         Relaciona los conceptos aprendidos  con experiencia de su vida,  pero necesita colaboración para hacerlo.

 

·         Es inconstante en la presentación de trabajos, consultas y tareas: Las argumenta con dificultad.

 

·         Le cuesta aportar ideas que aclare los conceptos vistos.

 

·         Presenta dificultades de comportamiento

 

·         Presenta fallas de asistencia justificada e injustificada,

 

·         Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas,

 

·         Supera los desempeños necesarios en relación con las áreas y asignaturas teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el MEN y lo establecido en el PEÍ.

 

·         Tiene algunas deficiencias que supera pero no en su totalidad' y con estímulo y orientación del docente.

 

·         En ocasiones porta inadecuadamente su uniforme.

 

 

 

DESEMPEÑO BAJO

 

Descripción: Se entiende como desempeño bajo la no adquisición de los conocimientos básicos y el desarrollo de las competencias necesarias en relación con las áreas obligatorias y fundamentales establecidos en los referentes de calidad del Ministerio de Educación Nacional y el proyecto educativo institucional – PEI de la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití.

 

  • Manifiesta poco interés por aclarar dudas sobre las temáticas trabajadas.
  • Registra eventualmente  sus consultas y desarrollo de los temas
  • Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
  • Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
  • Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.
  • No alcanza los desempeños mínimos, requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo,  después de realizadas tales actividades no supera sus dificultades.
  • Mal porte del uniforme según el horario y actividad.
  • Presenta faltas de asistencia injustificadas así: Dejar de asistir, de manera injustificada, al 20% del total de las horas reglamentarias definidas para el grado que cursa en las áreas de una (1) o dos (2) horas semanales, y para las demás áreas, el 10%, de la intensidad horaria semanal.

 

Parágrafo.- Se entiende por situaciones injustificadas, cuando el representante legal del estudiante no se presenta dentro del término establecido (tres días hábiles) a legalizar dicha ausencia.

 

 

 

Estrategia de registro y  seguimiento de la evaluación:

 

OPERACIONES COGNITIVAS

DESEMPEÑOS AFECTIVOS

Desarrollo cognitivo

(Académico)

Desarrollo actitudinal

Desarrollo social

60%

20 %

20%

40%

20%

5%

5%

5%

5%

5%

5%

5%

5%

Actividades de clase y contenido procedimental

Prueba  Bimestral

Interés por el estudio

Creatividad.

Capacidad de esfuerzo

Responsabilidad

Participación

Trabajo en equipo

Auto-evaluación

Comportamiento y disciplina

Presentación personal

Cuidado del medio ambiente

Solidaridad

 

 

 

VALORACIÓN DE LAS OPERACIONES COGNITIVAS Y NIVELES DE COMPLEJIDAD SEGÚN LOS PROCESOS DE PENSAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES

 

 

 

La denominación de desempeño se refiere a la valoración integral de los estudiantes, teniendo en cuenta el desarrollo de las competencias, los conocimientos, acciones, habilidades, destrezas o actitudes deseables y la superación de los desempeños propuestos necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referentes los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional, así como aspectos socio afectivos, de convivencia y comunicativos, obtenidos durante su proceso de formación y crecimiento personal.

 

 

 

v  Las operaciones cognitivas de los estudiantes podrán clasificarse en cuatro niveles de complejidad creciente, en la que se ha tomado como base, y adaptada a las características particulares de la institución, la taxonomía de Bloom. Esto quiere decir que después de realizar un proceso de aprendizaje, el estudiante debe haber adquirido nuevas habilidades y conocimientos. Se ha tomado la taxonomía de Bloom porque en ella se identifica tres dominios de actividades educativas: el cognitivo, el afectivo y el psicomotor, que se encuentran en consonancia con los parámetros de la pedagogía conceptual que la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití desarrolla; lo anterior se valora de acuerdo con la descripción de procesos de pensamiento definidos en la siguiente tabla:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Aspectos

Niveles

1

2

3

4

Categorías

de desempeño

Bajo

Básico

Alto

Superior

Saberes y Operaciones Cognitivas

Saber

Conocer, Reconocer,
Identificar, Indicar,
enumerar, Señalar.

Analizar, comparar, distinguir, diferenciar
Relacionar, Clasificar 
Explicar, Resumir.

Inferir , Generalizar,

Interpretar.

Sacar conclusiones.

Establecer  regularidades.

Proponer otras alternativas

Plantear soluciones distintas

Saber Hacer.

Manejar,  Utilizar, Observar, Ejecutar, Recoger.

Elaborar,  Construir, Componer, Confeccionar.

Probar
Planificar
Aplicar
Representar

Demostrar,

Experimentar.

Saber Ser

Obedecer, Permitir Comportarse.
Desarrolla  actividades con mínima  exigencia.
Realiza las actividades  según lo estrictamente acordado.

Prestar atención, Valorar, Percatarse, Apreciar, Ser  consciente, Darse cuenta.
Realiza actividades asignadas  aplicando lo aprendido.

Tolerar  Reaccionar  Interesarse  Practicar.
Se interesa por superar sus propios  niveles de exigencia.
Se interesa por su superación personal y por tener en cuenta las  orientaciones establecidas en conjunto.

Actuar.
Supera  los  niveles  acordados  por medio  del  desarrollo  de  actividades   que le permiten  aprender  a aprender.
Actúa  de manera proactiva superando sus objetivos.

Educación en la

Afectividad

Identifica y comprende el problema.

Soluciona el problema.

Aplica la solución de los problemas.

Es hábil en aplicar las técnicas de solución de problemas y no recurre en ellos.

 

 

 

VALORACIÓN DE LOS DESEMPEÑOS AFECTIVOS.

 

Los desempeños afectivos corresponden a la forma como utilizamos nuestras competencias afectivas, las cuales nos permiten vincularnos con nosotros mismos, con los otros y en los grupos, cuyo desarrollo integral es promovido en los estudiantes de la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití.

 

 

 

Las competencias intrapersonales generan una relación apropiada con nosotros mismos y nos permiten el autocontrol y el dominio de emociones y conductas, el autoconocimiento para saber quiénes somos y cómo somos y la autovaloración para formular juicios de valor acerca de nosotros mismos; buscan desarrollar en el estudiante sus habilidades creativas, los hábitos de orden, el cuidado de sus objetos personales y su presentación personal. Las competencias interpersonales nos facilitan querer, conocer e interactuar con otros, al entender cómo funcionan los mecanismos propios y los de los demás; abarcan nuestros gustos, proyecciones de vida, preocupaciones, entre otros. Las competencias sociogrupales facilitan la integración social y la empatía, así como también el conocer, liderar y valorar grupos; para su fomento se deben considerar acciones y actividades como el trabajo en equipo y tener en cuenta la actitud, el respeto, la responsabilidad y el sentido de solidaridad.

 

 

 

La Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití para el desarrollo afectivo de sus estudiantes, y valorar de manera efectiva los tres sistemas que conforman al ser humano que orientan su misión, ha diseñado la siguiente tabla de indicadores de desempeños, según la tabla:

 

 

 

 

 

Indicadores de Desempeño Afectivo

1

Creatividad

2

Responsabilidad y cumplimiento

3

Interés por el estudio

4

Trabajo en equipo

5

Comportamiento y disciplina

6

Respeto

7

Liderazgo

8

Solidaridad

9

Presentación personal

10

Cuidado del medio ambiente

11

Capacidad de esfuerzo

12

Orden 

 

 

 

La valoración del componente de afectividad resulta de la apreciación del docente y de la autoevaluación de los estudiantes, las cuales se suman  para dar la nota final de este componente.

 

 

 

v  Los valores correspondientes al aspecto “Operaciones Cognitivas” y al aspecto “Desempeños afectivos” tendrán un porcentaje de 60% y 40%, respectivamente; la suma de estos dos aspectos será la valoración final del estudiante en el respectivo periodo académico.

 

 

 

v  La nota final al culminar el año escolar, en cada área, será la correspondiente al promedio numérico alcanzado por el estudiante en cada uno de los periodos académicos.

 

 

 

VALORACIÓN DE LAS ÁREAS, ASIGNATURAS Y PROFUNDIZACIONES

 

Para efectos del presente acuerdo se asumen las siguientes definiciones:

 

Áreas:

 

Son los conocimientos específicos de cada disciplina del saber, pueden estar o no, conformadas por asignaturas afines a su nominación, distribuidas de acuerdo con los artículos 23 de la ley 115 (áreas obligatorias) y 35 del Decreto 1860 de 1994.

 

1.-Matemáticas, 2.-Naturales, 3.-Inglés, 4.-Español, 5.-Sociales, 6.-Educación Física, 7.-Tecnología e informática, 8.-Religión, 9.-Ética, 10.-Artística, 11.-Turismo y  12.-Filosofía.

 

Parágrafo 1.- El área de Humanidades que corresponden  a Lengua Castellana e Idioma Extranjero (Inglés) serán tomadas como áreas  independientes y como tal evaluadas y reportadas en cada uno de los boletines de periodo y de igual manera en el boletín final para la promoción del estudiante.

 

Parágrafo 2.- En el nivel de educación media, en el área de ciencias naturales, la Física y la Química se desarrollarán y evaluarán por separado tanto por periodo como al final del año, es decir se tendrán en cuenta como áreas independientes  para la promoción del estudiante.

 

Parágrafo 3.- En el nivel de media, el área de ciencias sociales será el resultado de la evaluación de ciencias políticas y económicas.

 

 

 

ASIGNATURAS

 

En el área de ciencias sociales la Geografía y la Historia se desarrollarán como asignaturas individuales pero al final de cada periodo como al final de año, la valoración del área se dará de acuerdo al promedio de las dos asignaturas; estas tendrán un valor equitativo para su promedio de periodo como para el promedio final.

 

 

 

DE LAS PROFUNDIZACIONES

 

 Nuestra institución y de acuerdo con la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994, adopta como área optativa la profundización en el área de sociales, enfocada al turismo la cual se desarrollará académicamente en todos los grados (Desde pre-escolar hasta la media); y se evaluará de manera independiente como un área; la cual tendrá incidencia para la promoción o no promoción de los estudiantes. 

 

CRITERIOS DE APROBACIÓN, PROMOCIÓN Y NO PROMOCIÓN

 

Cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante. Por tanto, en la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití, se han definido los siguientes criterios:

 

 

 

Criterios de Aprobación:

 

Se considerarán con criterio de aprobados todos los estudiantes, que al finalizar el año escolar, hayan alcanzado una valoración final mínima de desempeño básico, o con promedio de 3,0, para los desempeños definidos en cada una de las áreas que se desarrollan en el grado respectivo.

 

Criterios de Promoción

 

Se considerarán con criterio de promovidos al grado siguiente a los estudiantes, que:

 

 

 

·         Al finalizar el año escolar, hayan reprobado un área y el promedio general de todas las áreas de estudio es igual o superior a 4.00.

 

·         Al finalizar el año escolar hayan reprobado un área (Sin obtener el promedio estipulado en el punto anterior); o dos áreas y logra recuperarla(s) en el proceso de nivelación programado por la Institución y obteniendo una valoración igual o superior a 3.00

 

·         Parágrafos:

 

1.       El estudiante que reprueba un área, presentará la nivelación y si no aprueba ésta, deberá presentar nuevamente la recuperación de la misma al inicio del siguiente año, fundamentado en un plan de apoyo y facilitando al estudiante la culminación satisfactoria del proceso formativo.

 

2.       El estudiante que reprueba dos áreas y una vez presentada la nivelación de éstas, reprueba una de las dos, deberá presentar nuevamente una recuperación al inicio del año siguiente fundamentado en un plan de apoyo dado por la Institución, facilitando al estudiante la culminación satisfactoria de su proceso formativo.

 

3.       Cuando un estudiante reprueba dos áreas y al presentar la nivelación de las mismas no aprueba ninguna de ellas o cuando no se presenta con justa causa; deberá presentar al inicio del año siguiente nuevamente la recuperación de las áreas, fundamentadas en un plan de apoyo dado por la Institución, en el cual las actividades estarán relacionadas con la temática de mayor dificultad en las áreas no aprobadas, facilitando al estudiante la culminación satisfactoria de su proceso formativo. En este caso si el estudiante no se presenta a nivelar las dos áreas reprobadas sin justa causa, el estudiante reprobará el año.

 

4.       Los estudiantes que presenten discapacidades motoras y/o cognitivas, deberán entregar una certificación expedida por el médico especialista que especifique el grado de discapacidad (según Decreto 366 del 09 de febrero de 2009), y será evaluado según sus avances teniendo en cuenta que su vinculación  al sistema educativo regular es más un proceso de socialización y su promoción será automática.

 

5.       La promoción del nivel preescolar debe cumplir con una asistencia mínimo del 75% del tiempo, y aprobar  mínimo el 50% de los proyectos de aula que se desarrollen en el año con una calificación mínima de  3.00.  

 

 

 

CRITERIOS DE NO PROMOCIÓN

 

Se considerarán con criterio de no promovidos al grado siguiente a todos aquellos estudiantes, que al finalizar el año escolar, se encuentren en algunas de las siguientes situaciones:

 

a.      Sean evaluados con nivel de desempeño bajo, con promedio inferior a 3,0, en tres o más áreas definidas para el grado cursado.

 

b.      Dejen de asistir, de manera injustificada, al 20% o más del total de las horas reglamentarias definidas para el grado que cursa.

 

c.       Haber desertado de la institución.

 

d.      Que haya sido cancelada su matrícula.

 

e.      Cuando el estudiante haya reprobado dos áreas y no se presente a las nivelaciones en las fechas fijadas por la Institución sin justa causa.

 

 

 

CRITERIOS DE GRADUACION DE BACHILLERES

 

Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller Académico, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por la Institución en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. Y se proclamarán en acto protocolario terminado el año electivo.

 

Parágrafo.-  Para aquellos estudiantes que hayan cursado en esta Institución el grado once y hayan reprobado el mismo, pueden acceder a la promoción anticipada cumpliendo los criterios de la misma y la entrega de su título será en la secretaría del plantel.

 

CRITERIOS DE PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO

 

PARA ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS EL AÑO ANTERIOR.

 

Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente o a la obtención del título del último grado, de aquellos estudiantes que cumplan con los siguientes criterios:

 

 

 

a)    Las valoraciones alcanzadas en el primer periodo deberán ser las siguientes: En lo académico: Nivel superior en cada una de las áreas que no aprobó; Nivel Alto en dos áreas y Nivel básico en todas las demás áreas. En lo Convivencial: Su valoración debe ser excelente y asistencia 90%.

 

 

 

b)    En cada área del curso de promoción le serán asignadas como valoración del grado las notas obtenidas en el primer periodo.  

 

 

 

c)     Los  estudiantes  promovidos deberán estudiar de manera independiente y ponerse al día en los contenidos vistos en el primer período el curso al que se promovió, para lo cual la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití le hará entrega de un plan de trabajo de cada una de las asignaturas que se cursan en el grado al cual fue promovido anticipadamente.

 

 

 

d)    En las anteriores situaciones, la decisión de promoción anticipada será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva se anexará en el registro escolar.

 

 

 

9.-2 Para estudiantes excepcionales.

 

            Esta promoción deben cumplir los siguientes criterios:

 

·         Desempeño alto. (mínimo) en cada una de las áreas en el año inmediatamente anterior.

 

·         Que finalizado el primer periodo su desempeño sea en un 80% superior y un 20% en alto.

 

·         Que su valoración en convivencia sea excelente.

 

·         Que su asistencia sea mínimo de un 90%.

 

 

 

COMISION DE EVALUACION PROMOCION.

 

DEFINICION

 

Es un grupo de miembros de la comunidad educativa que se reúne finalizado cada periodo académico y el año escolar para evaluar el proceso formativo de los estudiantes de cada nivel.

 

 

 

FUNCIONES:

 

Ø  Conocer los resultados del proceso enseñanza-aprendizaje de los estudiantes por grado.

 

Ø   Analizar el proceso de aquellos estudiantes que presentan falencias en sus procesos de aprendizaje.

 

Ø  Proponer estrategias de trabajo formativas por parte del colegio  y la casa.

 

Ø   Analizar los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos para concertar recomendaciones sobre las actividades especiales de motivación o de promoción anticipada.

 

Ø  Convocar a los padres de familia o acudientes, al educando y el educador respectivo, después de analizadas las condiciones del educando, con el fin de presentarles un informe con el plan de nivelación y acordar compromisos por parte de los involucrados.

 

Ø  Hacer seguimiento de las recomendaciones dadas a los padres de familia y a los docentes.

 

Ø  Hacer recomendaciones generales o particulares a seguir por parte de los docentes de cada grado y en términos de actividades de refuerzo y nivelación.

 

Ø  Analizar el proceso educativo de los estudiantes al finalizar el año y si es el caso, escoger a los estudiantes que deben realizar actividades pedagógicas complementarias para superar desempeños o si es el caso, repetir un grado determinado.

 

Ø  Determinar la aprobación y  reprobación de educandos

 

Ø  Darse su reglamento

 

 

 

 

 

CONFORMACION

 

Está conformado por el  rector, la coordinación, un representante del consejo de padres, los directores de grado. (se podrá hacer extensiva la invitación a los docentes que la comisión requiera)

 

 

 

QUORUM

 

Para la toma de decisiones se debe tener en cuenta la mitad más uno del número que conforma la comisión.

 

 

 

ACTAS

 

Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada sesión, se consignarán  en una carpeta correspondiente al grado, se firmará un acta de asistencia; estas serán la evidencia del seguimiento realizado y serán también una herramienta útil para posteriores decisiones.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE) Y EN PROCESO DE INCLUSIÓN:

 

 

 

El brindar una respuesta a las necesidades educativas de los estudiantes, que se encuentran en las aulas de la Institución Educativa “Eduardo Camacho Gamba” de Curití conlleva un abordaje educativo equitativo, pertinente y de calidad. Para que ello sea posible es importante destacar, que dentro del proceso de enseñanza, los docentes deberán implementar diferentes estrategias para la atención de las diferencias individuales de los estudiantes y poder responder a sus necesidades educativas especiales y así brindarles una respuesta educativa acorde con éstas.

 

 

 

Las estrategias que los docentes implementen en la atención de las necesidades educativas especiales de los estudiantes deben considerar la valoración de las condiciones de cada uno y por ende, de sus necesidades. Asimismo, de los entornos en los que ella o él se desarrollan, pudiendo comprender, entonces, las causas contextuales de las dificultades de aprendizaje específicas, dejando de centrar dichas causas en el estudiante. A partir de ello el docente podrá planificar e implementar prácticas pedagógicas que favorezcan el éxito en el proceso educativo. Entonces se deberá considerar los propósitos diagnóstico, formativo y sumativo de la evaluación, como insumos para la recopilación de información que le permiten al docente no solo el conocimiento de los estudiantes en las diferentes áreas, sino además la toma de decisiones en el momento oportuno. Deberá tener presente que:

 

 

 

a)    El propósito diagnóstico de la evaluación permite detectar el estado inicial de los estudiantes en las áreas cognitivas, afectivas y psicomotora con el fin de facilitar, con base en el análisis y procesamiento de la información que de ella se deriva y aplicar las estrategias pedagógicas correspondientes.

 

 

 

b)    El propósito formativo brinda la información necesaria y oportuna para la toma de decisiones que mejor correspondan a la diversidad de ritmos y estilos de aprendizajes de los estudiantes durante el proceso que se lleva a cabo.

 

 

 

c)    El propósito sumativo fundamenta la calificación y la certificación de los aprendizajes alcanzados por los estudiantes.

 

 

 

d)    En este aspecto, la evaluación de desempeño de los estudiantes con necesidades educativas especiales y en el programa de inclusión es de suma importancia el trabajo y opinión del Psicoorientador(a) y/o profesionales especializados de la IE y sus valoraciones deberán ser consignadas de manera clara y precisa en el informe de desempeño que se entrega a los padres de familia, en los cuales debe reflejarse el avance del estudiantes en consonancia con su ritmo de aprendizaje y su condición médico-clínica previamente establecida.

 

 

 

e)                  El protocolo para la atención diferenciada en la institución conlleva:

 

1.       Solicitud del diagnóstico externo profesional médico-clínico del estudiante a los padres de familia.

 

2.       Valoración por profesional especializado de la institución y elaboración del listado de estudiantes con necesidades educativas especiales e inclusión, así como un plan de trabajo asistido por este profesional.

 

3.       Comunicación a los docentes, que atienden a los estudiantes con necesidades educativas especiales e inclusión, sobre aspectos pertinentes de su condición, dentro de la debida confidencialidad y la no vulneración de la persona.

 

4.       Formulación de un plan de trabajo con estrategias diferenciadas, según la severidad y condición individual de los estudiantes con necesidades educativas especiales e inclusión.

 

5.       Valoración diferenciada de los estudiantes con necesidades educativas especiales e inclusión, acorde con sus capacidades.

 

6.       Elaboración de informe descriptivo con avances de aprendizaje de acuerdo con la escala valorativa institucional de desempeños, con observaciones y recomendaciones para la mejora del proceso educativo del estudiante o de acompañamiento en casa; en caso de ser necesario, la institución educativa elaborará un formato especial para ofrecer un boletín informativo pertinente a los padres de familia y facilitar la movilidad del estudiante entre establecimientos educativos.

 

 

 

f)     El registro de desempeño proporciona información acerca de cómo se ejecuta el desarrollo del aprendizaje del estudiante y la información recopilada, le permite al docente tomar decisiones para realimentar el tema en estudio.

 

 

 

g)     Para elaborar un registro de desempeño se establecen los aspectos que se consideran importantes o la secuencia de procedimientos, requeridos para verificar su cumplimiento y apuntar las observaciones pertinentes. Para su elaboración se aplican los siguientes pasos:

 

1.       Establecer los aspectos por observar en forma prioritaria.

 

2.       Establecer la secuencia de dichos pasos.

 

3.       Anotar las observaciones pertinentes.

 

4.       El registro anecdótico, consiste en una ficha personal del alumno en la que se hacen anotaciones de los aspectos significativos que haya presentado el estudiante durante el desarrollo de las lecciones y en otras actividades escolares. Su empleo se recomienda para casos que requieren una atención especial tanto en el aprendizaje como en otros aspectos de la actitud y desempeño del estudiante hacia la asignatura.

 

 

 

h)        En la descripción del desempeño de los estudiantes en Inclusión y con NEE se debe:

 

1.     Destacar aspectos positivos y por mejorar de la conducta del educando.

 

2.     Realizar las anotaciones en forma descriptiva sin interpretación personal.

 

3.     Aplicarlas a estudiantes con limitaciones académicas, problemas de adaptación y a los estudiantes sobresalientes.

 

4.     Observar periódicamente al estudiante con el fin de concretar las necesidades de atención que presenta.

 

5.     Escribir la opinión personal al final de la observación.

 

 

 

i)     En su valoración y tratamiento en aula, se tendrán en cuenta estrategias como:

 

1.       El portafolio

 

2.       El aprendizaje cooperativo

 

3.       El acompañamiento y ayuda individual externa proporcionada al estudiante por su familia, para asistirlo durante la jornada escolar.

 

4.       El trabajo cotidiano

 

5.       Las pruebas de desempeño

 

6.       Los trabajos extra clase

 

 

 

j)      Para la promoción del estudiante en el programa de Inclusión o con NEE, en los casos que se considere necesario, se reunirán el (o los) docente (s) que ha (n) participado directamente en el proceso formativo del estudiante, el profesional especializado de la institución, el rector y el consejo académico para la toma de decisiones que le sean más favorables al estudiantes. Cuando se considere pertinente, también se podrá consultar al padre de familia sobre este particular y tomar una decisión de promoción o no promoción de manera consensuada entre las partes; se deberá levantar acta individual de cada caso actuado.

 

 

 

 

 

 

 

CAPITULO VI

 

FALTAS  Y MEDIDAS DE ORIENTACION Y CORRECCION

 

 

 

 Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

 

 

 

SITUACIONES TIPO I.

 

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

 

 

 

·         Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

 

 

 

CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES TIPO I.

 

Son consideradas como situaciones tipo I, las siguientes:

 

·         El porte inadecuado del uniforme. Portarlo incompleto, con accesorios diferentes y portarlo en lugares no indicados.

 

·         Uso de joyas de manera exagerada, piercing, maquillaje, cabello teñido, sucio, con cortes exagerados, con colas, mechones o trenzas.

 

·         No informar a los padres o acudientes de las citaciones del colegio.

 

·         Botar basura en lugares inadecuados.

 

·         El uso no autorizado del teléfono celular, reproductores de música y otros aparatos electrónicos en horas de clase y en actos de comunidad. 

 

·         Utilizar en forma inadecuada los baños, recursos didácticos, mobiliario, equipos de cómputo, implementos deportivos, musicales y demás recursos institucionales.

 

·         El uso de apodos, la falta de cortesía, las palabras y gestos obscenos y la altanería; los juegos bruscos o violentos.

 

·         La permanencia en las aulas de clases sin autorización, antes de iniciar la jornada y en los descansos.

 

·         La inasistencia reiterada o sistemática a clases.

 

·         Las llegadas tardes a las clases.

 

·         La impuntualidad a los eventos escolares curriculares y extracurriculares.

 

·         La acumulación de inasistencias no debidamente justificadas por el apoderado y/o con certificado médico.

 

·         Llamados de atención constante en los actos comunitarios, interrupciones indebidas en las clases o en los actos generales de la comunidad escolar por parte de los estudiantes.

 

·         El daño a los bienes e inmuebles de la institución.

 

·         Incumplimiento de los deberes contemplados en el manual y la normatividad vigente.

 

·         El daño a los bienes de los compañeros, o el uso no autorizado de los elementos o utensilios escolares de los otros compañeros, o la no observancia del debido respeto por la propiedad ajena.

 

·         La no entrega de las comunicaciones enviadas a sus acudientes.

 

·         La indisciplina y el mal comportamiento en las clases.

 

·         Los bajos rendimientos académicos.

 

·         La no consecución de los útiles o materiales necesarios para el trabajo en las diferentes asignaturas.

 

·         Traer o usar materiales, objetos, herramientas u otros objetos que perturben la tranquilidad escolar o el desarrollo normal de las actividades escolares.

 

·         El uso del tiempo destinado para el desarrollo de las actividades pedagógicas o comunitarias para otro menester

 

·         Comportarse de manera inapropiada (manifestaciones inoportunas o inapropiadas de expresiones de afecto en el colegio) o protagonizar escenas que puedan ser contrarias al pudor, la decencia y las buenas costumbres.

 

·         Recolectar dineros, vender, hacer rifas u otras actividades que impliquen ganancias sin autorización.

 

·         Falta de cuidado en la higiene personal y en el aseo y limpieza de la institución.

 

·         Falta de cortesía y educación para atender las observaciones.

 

·         Utilizar vocabulario vulgar, inadecuado e irrespetuoso para los compañeros, educadores y superiores o cualquier miembro de la comunidad.

 

·         Incumplir normas de procedimiento en los exámenes.

 

·         Otras, que a consideración del comité de convivencia escolar sean consideradas de este tipo, de acuerdo con lo establecido en el Art. 42. Decreto 1965/2013.

 

 

 

RUTA DE ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I.

 

Este tipo de situaciones será atendida por el rector (a) (o quien haya sido designado para ello) en representación de todos los miembros del comité de convivencia escolar, sin necesidad de reunir a los otros miembros, para lo cual deberá:

 

 

 

·            Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas.

 

·            Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo.

 

·            Elaborar registro del hecho y de los compromisos adquiridos, si son necesarios, el cual deberá ser firmado por las partes involucradas; este informe deberá ser presentado al resto de los miembros del comité de convivencia escolar en la siguiente reunión ordinaria.

 

·            Invitar a otros miembros de la comunidad en casos en los que para la solución adecuada de la situación, y de criterio del rector (a), podrán ser citados a comparecer, así como también a estudiantes que hayan recibido capacitación como mediadores o conciliadores escolares en el manejo de este tipo de casos para que sean garantes del debido proceso y la aplicación de correctivos justos y equitativos con la falta cometida.

 

·            Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del Decreto 1965/2013.

 

 

 

Nota: algunas de las actividades de crecimiento personal o medidas reparadoras establecidas por la institución se deberán realizar después de culminada la jornada escolar, bajo la orientación del personal del colegio.

 

 

 

SITUACIONES TIPO II.

 

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y Ciber-acoso (Ciber-bullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

 

Ü  Que se presenten de manera repetida o sistemática.

 

Ü  Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para     cualquiera de los involucrados.

 

Ü  Agresiones físicas, puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.  Y las conductas citadas en las situaciones de tipo I que cumplan los requisitos  A y B.

 

 

 

CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES TIPO II.

 

Hacen parte del grupo de este tipo de situaciones:

 

·            La reincidencia en las consideradas de situación tipo I.

 

·            El uso de apodos constante para identificar o dirigirse a sus compañeros, docentes, directivos, personal administrativo, padres de familia o visitantes a la institución educativa.

 

·            No presentarse a cumplir con sus obligaciones estudiantiles y desplazarse a sitios diferentes.

 

·            Promover, intentar o realizar soborno a cualquier miembro de la comunidad educativa.

 

·            El uso del nombre de la Institución para efectos personales, de cualquier índole, sin autorización.

 

·            Portar, distribuir o ver en el colegio material con contenido erótico, sexual o pornográfico.

 

·            Producir daños intencionalmente a los implementos o instalaciones del colegio.

 

·            El hurto y/o robo comprobado en cualquiera de sus formas, incluyendo el intento de hacerlo.

 

·            La suplantación personal en cualquiera de sus modalidades con el propósito de certificar asistencia o de presentar pruebas, evaluaciones u otros compromisos propios del estudiante.

 

·            Transportar, poseer, portar o utilizar elementos que puedan ser peligrosos para la comunidad escolar.

 

·            Presentarse al Colegio bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas y alucinógenas.

 

·            Cualquier forma de maltrato físico, verbal o psicológico (comportamientos de burla, discriminación, humillación, uso de apodos y vocabulario soez, faltas al respeto, improperios, instigación, etc.) hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, dentro o fuera de la institución o por vías como internet (Art. 44 numeral 5 código de infancia y adolescencia).

 

·            La mentira y la actuación contraria a la verdad, tales como: engaños, falso testimonio, copias en evaluaciones y trabajos de clases.

 

·            Cometer fraude en evaluaciones, falsificar firmas, notas o documento y cualquier actividad conexa.

 

·            Incumplimiento en forma reiterada a pruebas, trabajos, interrogaciones, u otros procedimientos de evaluación fijados con anticipación.

 

·            Peleas y violencia física manifiesta por algún integrante de la comunidad educativa, en especial en los que se encuentren involucrados estudiantes.

 

·            Las lesiones personales, daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

 

·            Los reiterados comportamientos irrespetuosos y escandalosos dentro o fuera del colegio; o aquellos en los que perjudique o atente contra el buen nombre de la institución o cualquier miembro de la comunidad.

 

·            Agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito.

 

·            Poseer, suministrar, comerciar o utilizar tabaco, consumir o inducir consumo de sustancias psicoactivas y alucinógenas, o alcohol en cualquier actividad dentro, fuera o patrocinada por el Colegio.

 

·            Otras, que a consideración del comité de convivencia escolar sean consideradas de este tipo, de acuerdo con lo establecido en el Art. 43. Decreto 1965/2013.

 

 

 

RUTA DE ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II.

 

Este tipo de situaciones será atendida por el rector (a) (o quien haya sido designado para ello) en representación de todos los miembros del comité de convivencia escolar, y deberá convocar a reunión a los otros miembros, de manera ordinaria o extraordinaria, dada la gravedad del caso, según su criterio, para lo cual deberá:

 

·       En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

 

·    Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098/2006, actuación de la cual se dejará constancia.

 

·   Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

 

·    Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados.

 

·   Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

 

·    Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

 

·   El comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

 

·   El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

 

·   El comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

 

·       Elaborar registro del hecho y de los compromisos adquiridos, si son necesarios, el cual deberá ser firmado por las partes involucradas; este informe deberá ser presentado al resto de los miembros del comité de convivencia escolar para la toma de los correctivos o sanciones a que hubiese lugar.

 

·       En casos necesarios, podrán ser citados otros miembros de la institución que hayan presenciado los hechos objeto de atención, así como de algunos estudiantes que hayan recibido capacitación como como mediadores o conciliadores escolares en el manejo de este tipo de casos para que sean garantes del debido proceso y la aplicación de correctivos justos y equitativos con la falta cometida.

 

·       Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del presente Decreto; el comité deberá solicitar un informe de lo actuado por estas entidades para realizar el respectivo seguimiento.

 

 

 

SITUACIONES TIPO III.

 

Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

 

 

 

A)    Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica  o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".

 

 

 

B)    Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

 

 

 

CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES TIPO III.

 

En este grupo de situaciones se han clasificado:

 

·       Consumo, porte, distribución o intento de distribución sustancias alcohólicas, alucinógenas, ilegales o de control especial en el sistema de salud colombiano.   

 

·       Portar, utilizar o distribuir cualquier tipo de armas u objetos potencialmente peligrosos en actividades dentro o fuera del plantel.  

 

·       Tenencia, tráfico y/o consumo de sustancias psicoactivas. 

 

·       Realizar o encubrir actos que atenten contra la comunidad educativa, tales como: explotación económica y laboral, maltrato físico o psicológico, abuso o acoso sexual, discriminación por edad, sexo, raza, religión, política, posición social, lugar de vivienda y tráfico de estupefacientes (art 44. numeral 2. Código de infancia y adolescencia).

 

·       Cualquier otra situación que cause que ocasione intervención judicial, pérdida de la libertad o reclusión en una correccional para menores de edad, o que se encuentre penalizada en la ley colombiana.

 

 

 

RUTA DE ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III

 

Este tipo de situaciones será atendida por el rector (a) (o quien ésta haya designado para tal caso) en representación de todos los miembros del comité de convivencia escolar, y deberá convocar a reunión a los otros miembros, de manera ordinaria o extraordinaria, dada la gravedad del caso, para lo cual deberá:

 

·       En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

 

·       Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

 

·       El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

 

·       No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

 

·       El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

 

·        Pese  a  que  una  situación  se  haya  puesto  en  conocimiento  de  las  autoridades.

 

competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

 

·        El Rector (a), como presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

 

·       Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

 

 

 

CORRECTIVOS Y ORIENTACIONES

 

Para garantizar el debido proceso, el comité escolar de convivencia tendrá en cuenta o podrá recomendar los siguientes correctivos y orientaciones disciplinarias, los cuales podrá aplicar de acuerdo con los criterios de equidad, justicia y transparencia y deberán estar ajustadas a la medida con la situación presentada. La aplicación de los correctivos disciplinarios se hará de manera discrecional y ajustada en derecho. Entre las acciones y/o correctivos a aplicar se encuentran:

 

 

 

1.    Llamados de atención, de manera verbal

 

2.    Llamados de atención escrita en el observador del estudiante

 

3.    Citación y socialización con padres de familia.

 

4.    Intervención con la psicó-orientadora.

 

5.    Firma de acta de compromisos académico – disciplinarios.

 

6.    Suspensión de actividades académicas hasta ocho días hábiles.

 

7.    Aplicación de matrícula en observación.

 

8.    Desescolarización (hasta un periodo de clases por faltas a la convivencia)

 

9.    Recomendación de cambio de institución.

 

10. Cancelación de la matrícula. (Consejo Directivo)  

 

11. Otros que se consideren necesarias para casos especiales.

 

 

 

CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACIÓN

 

1.     No tener antecedentes disciplinarios.

 

2.     Confesión personal y voluntaria de las faltas.

 

3.     Buen comportamiento dentro y fuera de la institución, buen rendimiento académico y efectivo cumplimiento de los deberes asumidos en este manual.

 

 

 

CIRCUNSTANCIAS AGRAVACIÓN.

 

Las siguientes circunstancias harán más grave la falta cometida:

 

  1. Engañar en los descargos para justificar la falta o evitar sus consecuencias.
  2. Omitir información importante en el análisis y aclaración de una situación o conducta disciplinaria.
  3. Haber sido sancionado disciplinariamente con anterioridad por faltas similares estipulados en el presente Reglamento o Manual de Convivencia.
  4. La premeditación de la realización de la falta, (es decir haberla planeada con anterioridad).
  5. El daño grave o efecto perturbador que su conducta produzca en los demás miembros de la Comunidad Educativa y en él mismo.
  6. El cometer la falta para obtener provecho ilícito personal o de un tercero.
  7. Realizar la falta abusando de la confianza depositada en él por cualquier miembro de la comunidad educativa. .
  8. La reincidencia o acumulación de faltas.

 

 

 

PROTOCOLO DE DESESCOLARIZACION

 

Es un mecanismo que consiste en que el estudiante no hace presencia física en la Institución Educativa o en actividades programadas por ésta, pero que será orientado por la Institución a través de otras estrategias pedagógicas no presenciales que le permitirán continuar su proceso educativo.

 

 

 

Esta medida será adoptada para las siguientes situaciones:

 

·       En caso de enfermedad: cuando el estudiante por motivos de afectación de la salud (cirugías, tratamientos, epidemias, entre otros) no pueda asistir a la institución a recibir sus clases.

 

·       En caso de incapacidad física temporal o permanente que le dificulte su movilidad diaria en el espacio físico de la Institución.

 

·       En caso de reincidencia en faltas a la convivencia y el no cumplimiento de compromisos.

 

 

 

En todos los casos su aplicación será dada por el Comité de Convivencia de la Institución el cual aplicará las estrategias pedagógicas no presenciales y las rutas pertinentes para cada situación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPITULO VII

 

RESPONSABILIDADES FRENTE A LA LEY 1620 DE 2013

 

 

 

RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

 

Ley 1620/2013, Art. 17. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

 

·           Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 

 

·           Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la presente ley.

 

·           Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 

 

·           Revisar y ajustar el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 

 

·           Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 

 

·           Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos, incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 

 

·           Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 

 

·           Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 

 

·           Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

 

 

 

RESPONSABILIDADES FRENTE AL DECRETO 1290/2009.

 

Decreto 1290/2009. Art. 11. El establecimiento educativo, debe:

 

·           Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes,     después de su aprobación por el consejo académico.

 

·           Incorporar  en  el  proyecto  educativo  institucional  los  criterios,  procesos  y         procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos   por el consejo directivo.

 

·           Promover  y  mantener  la  interlocución con  los padres de  familia  y  el estudiante, con el   fin  depresentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la  superación   de las debilidades y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados.

 

·                Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.

 

·                Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y                programar  reuniones con ellos cuando sea necesario.

 

·                A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones   quepresenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción.

 

·                Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.

 

·                Presentar  a  las  pruebas  censales  SABER ICFES  la  totalidad  de  los  estudiantes  que  se            encuentren  matriculados  en  los  grados  evaluados,  y  colaborar  con  éste  en  los  procesos  de  inscripción  y  aplicación de las pruebas, según se le requiera.

 

RESPONSABILIDADES, DERECHOS Y DEBERES DEL  RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

 

 

 

RESPONSABILIDADES DEL RECTOR DE LA INSTITUCIÓN

 

Ley 1620/2013, Art. 18, además de las que establece normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 

 

·       Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la ley en mención.

 

·       Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 

 

·       Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 

 

·       Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. 

 

 

 

DERECHOS Y DEBERES DEL RECTOR (A) DE LA INSTITUCIÓN

 

Son derechos y deberes del rector (a) de la institución los establecidos por la normatividad vigente y los definidos en el Manual de Funciones del Sistema de Gestión de Calidad de la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba

 

RESPONSABILIDADES, DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

 

 

 

RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

 

Ley 1620/2013, Art. 19, además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 

 

·       Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 

 

·       Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos, igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 

 

·       Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 

 

·       Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

 

·       Contribuir a la Construcción y Aplicación del Manual de Convivencia.

 

 

 

DERECHOS DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

 

Son derechos de los docentes de la institución Educativa Eduardo Camacho Gamba:

 

·       Las contempladas en la normatividad legal vigente.

 

·       Al respeto por su dignidad, identidad, diferencias étnicas, religiosas sin que el proselitismo perjudique el bien común.

 

·       A un ambiente de trabajo propicio para el desarrollo de su labor profesional.

 

·       A los bienes y recursos necesarios para desempeñar su labor.

 

·       A participar directamente o a través de sus representantes en los diversos organismos de la Institución  en la planeación, realización y evaluación del proceso educativo, a elegir y ser elegido para dichos organismos.

 

·       A recibir atención respetuosa, amable y sincera de diálogo por parte de los estamentos de la comunidad educativa.

 

·       A la libre y respetuosa expresión de conceptos y opiniones.

 

·       A la posibilidad de acudir y ser escuchado por instancias superiores de autoridad, siguiendo los conductos regulares de comunicación establecida.

 

·       A un proceso de seguimiento y evaluación profesional orientado al mejoramiento continuo.

 

·       A participar en planes y programas de capacitación profesional.

 

·       A recibir oportunamente los pagos o reconocimientos contractuales legales.

 

·       A recibir información oportuna.

 

·       A que se acepten incapacidades de entidades reconocidas a nivel nacional.

 

 

 

DEBERES DE LOS DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN

 

Un docente de la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba debe desarrollar y guiar el aprendizaje de los estudiantes asumiendo todas las responsabilidades que el ejercicio de la pedagogía moderna demanda y el compromiso de afianzar en ellos, los valores y actitudes necesarios para poder convivir y desarrollar sus potencialidades plenamente. Debe:

 

·       Incentivar el amor y respeto por la Institución y todos sus estamentos velando siempre por el buen nombre del Establecimiento Educativo

 

·       Cuidar los recursos físicos, didácticos e institucionales.

 

·       Corresponder con actitud positiva las oportunidades de formación y capacitación profesional que la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba programe.

 

·       Elaborar talleres a los alumnos en caso de no poder asistir a clase, siguiendo las indicaciones de la dirección.

 

·       Ser responsable con sus actividades académicas y entregar la papelería en el momento oportuno según cronograma de actividades. 

 

·       Cumplir con el horario estipulado.

 

·       Capacitarse en pedagogía conceptual.

 

 

 

Con el objetivo de mantener la convivencia armónica entre estudiantes y padres de familia, así como de otros miembros de la comunidad educativa interesados en el proceso educativo que se desarrolla en la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba, los docentes deberán ser:

 

·       Guía del proceso formativo, respetando el ritmo personal y la individualidad del estudiante, y cumplir a cabalidad con sus deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases y actividades, implementación de la evaluación cualitativa y responsabilidad en la devolución oportuna de trabajos y evaluaciones debidamente revisadas.

 

·       Formadores de personas y educar en los valores corporativos institucionales y en normas de convivencia a todos los estudiantes del establecimiento, no solo a aquellos a los que están bajo su orientación académica.

 

·       Cuidadosos de su quehacer docente, dar a conocer los resultados de las evaluaciones del proceso de aprendizaje y normas de comportamiento de manera oportuna, con posibilidad de que los estudiantes los puedan revisar, recibir las aclaraciones necesarias y puedan ser escuchados antes de informar a la Dirección Académica o Padres de Familia el resultado de todo proceso evaluado.

 

 

 

SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULO A LOS DOCENTES

 

Los siguientes son estímulos diseñados por el plantel para hacer reconocimiento a sus docentes y propiciar un mayor compromiso institucional.

 

·        Menciones honorificas

 

·        Premios Internos del plantel

 

 

 

DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

 

Son derechos y deberes de del personal administrativo de la institución los establecidos por la normatividad legal vigente y los definidos en el Manual de Funciones del Sistema de Gestión de Calidad de la Institución Eduardo Camacho Gamba.

 

 

 

RESPONSABILIDADES, DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

 

 

 

RESPONSABILIDADES FRENTE A LA LEY 1620/2013.

 

Ley 1620/2013, Art. 22. Además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá: 

 

·       Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

 

·       Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 

 

·       Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

 

·       Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 

 

·       Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

 

·       Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

 

·       Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo. 

 

·       Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos. 

 

 

 

RESPONSABILIDADES FRENTE AL DECRETO 1286/2005.

 

Decreto 1286/2005. Art. 3 Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponden a los padres y madres de familia: 

 

·       Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.

 

·       Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.

 

·       Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo.

 

·       Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.

 

·       Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.

 

·       Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.

 

·       Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.

 

·       Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.

 

 

 

RESPONSABILIDADES FRENTE AL DECRETO 1290/2009.

 

Decreto 1290/2009. Art. 15. De conformidad con las normas vigentes, es responsabilidad de los padres de familia: 

 

·       Participar,  a  través  de  las  instancias  del  gobierno  escolar,  en  la  definición  de  criterios  y  procedimientosde la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar 

 

·       Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos

 

·       Analizar los informes periódicos de evaluación 

 

 

 

DERECHOS DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

 

Decreto 1290/2009. En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos: 

 

·       Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. 

 

·       Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes. 

 

·       Recibir los informes periódicos de evaluación. 

 

·       Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de   evaluación de sus hijos. 

 

 

 

Así mismo, los Padres y madres de familia de la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba tienen derecho a:

 

·       Pertenecer a la Asociación de padres de familia, con derecho a elegir y ser elegido, directivo de la misma.

 

·       Elegir y a ser elegido para formar parte del Consejo Directivo.

 

·       Expresar sus opiniones ante decisiones importantes del plantel, que influyan en la educación integral de los niños.

 

·       Ser escuchado y ayudado por la dirección del plantel en caso de reclamos o necesidades. 

 

·       Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan a mejorar el funcionamiento del plantel.

 

·       Exigir idoneidad profesional en el profesorado.

 

·       Solicitar al departamento de Bienestar asesoría para sus hijos, cuando lo considere necesario.

 

·       Hacer reclamos justos, respetuosos y decorosos dentro del tiempo fijado por las normas legales e institucionales.

 

·       Tener permanentemente comunicación con los profesores de sus hijos, de manera que pueda estar al tanto de los logros o dificultades en el Aprendizaje de sus hijos; podrán ser atendidos por los profesores en el horario acordado con sus docentes.

 

·       Recibir el informe académico por periodos, siempre y cuando se halle al día con el pago de pensiones.

 

·       Colaborar y participar en el plan y desarrollo de las actividades programadas por el la Institución Educativa

 

·       Obtener información oportuna acerca del manual de convivencia y reglamento escolar del Establecimiento Educativo Eduardo Camacho Gamba

 

 

 

DEBERES DE LOS PADRES Y MADRES DE FAMILIA

 

Los Padres de familia de la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba se comprometen a cumplir con los siguientes deberes:

 

·       Cumplir con el horario escolar de sus hijos, teniendo en cuenta la puntualidad, el uniforme y la presentación personal de ellos.

 

·       Incentivar el amor y respeto por la Institución y todos sus estamentos velando siempre por el buen nombre del Colegio

 

·       Participar activamente en reuniones de padres, escuelas, asambleas y eventos programados por la Institución  y la Asopadres así como a las citaciones individuales.

 

·       Responder por el comportamiento de sus hijos dentro y fuera del colegio.

 

·       Comprometerse con el Colegio, a través del Departamento de Bienestar, para lograr el desarrollo emocional de sus hijos y cumplir con las sugerencias de una atención psicológica, en los casos que se amerite.

 

·       Comprometerse cuando se le solicite, activa y participativamente en el proceso terapéutico que el niño requiera, de modo que la Institución sirva de soporte y de puente entre el equipo interdisciplinario, el niño y la familia. El tratamiento del niño es responsabilidad de los padres.

 

·       Considerar a los docentes como guías y orientadores del proceso de formación, guardándoles respeto y la confianza que se merecen.

 

·       Proporcionarle en casa la atención y el cuidado necesario cuando el niño se encuentre enfermo y no enviarlo al Colegio por su bienestar y precaución.

 

·       No enviar a los niños con joyas, juguetes u otros objetos a menos que sean requeridos por la profesora.

 

·       Respetar al personal docente y demás empleados del Colegio, al igual que las decisiones de los Directivos y las normativas ya establecidas como currículo, horario, uniformes, pedagogía etc.

 

·       Avisar y autorizar a la secretaría cuando personas diferentes a los padres recojan a los niños en el colegio.

 

·       Responder de inmediato por los daños que ocasionen sus hijos en el colegio.

 

·       En los casos de la no asistencia del estudiante a la Institución, y tener el derecho a recuperar las notas que se generen durante su ausencia, deben:

 

oNotificarlo al colegio por medio escrito con anticipación para evitar que se le generen malas notas por no presentar sus obligaciones escolares durante su asistencia.

 

oAl momento de regresar a clases debe estar al día en las labores realizadas durante su ausencia para ser revisadas por todos y cada uno de los docentes.

 

oLos padres o acudientes son los responsables de ponerlos al día durante su ausencia. No es responsabilidad de los docentes dicha labor, ni adelantarlos, ni entregar anticipadamente trabajos, ni tareas que se realizaran durante la ausencia.

 

oAsistir a las reuniones programadas por la institución y a las citaciones que sean necesarias para el conocimiento del desempeño y formación de sus hijos, recordando que “la ausencia reiterada de los padres a las citaciones que hace el colegio, en este caso la institución los reportará a las autoridades competentes como ICBF, Policía de Infancia y Adolescencia, o cualquier otra entidad que deba conocer de estos casos” como lo contempla la normatividad vigente en el país.

 

 

 

SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULO A PADRES Y MADRES DE FAMILIA

 

Los siguientes son estímulos diseñados por el plantel para motivar a sus Padres de Familia:

 

·                          Menciones en Honorificas

 

·                          Acción de Gratitud en público

 

·                          Aplausos en publico

 

RESPONSABILIDADES, DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN

 

 

 

DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES

 

La Constitución Política de Colombia, Art. 67, considera que, el derecho a la educación, es un “derecho – deber”, que da derecho y exige obligaciones a todos los participantes del proceso educativo.

 

 

 

Entre los deberes fundamentales de los estudiantes están:

 

·  Asumir las normas de convivencia social.

 

·  Demostrar un rendimiento académico acorde con las exigencias Institucionales.

 

 

 

El incumplimiento de estos deberes permite al colegio adoptar las medidas pertinentes, teniendo en cuenta el debido proceso. El derecho a la educación no se vulnera si la institución establece normas de rendimiento académico y actúa de conformidad con ellas.

 

 

 

Los alumnos y alumnas del establecimiento, deben adoptar un comportamiento de acuerdo con el Perfil del estudiante establecido en el Proyecto Educativo que ofrece la institución PEI y las orientaciones propuestas en el manual de Convivencia Escolar.

 

 

 

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

 

Decreto 1290/2009. Art. 12. El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo tiene derecho a: 

 

·  Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales 

 

·  Conocer  el  sistema  institucional  de  evaluación  de  los  estudiantes:  criterios, procedimientos  e  instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año    escolar

 

·  Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a   las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. 

 

·  Recibir  la  asesoría  y  acompañamiento  de  los  docentes  para  superar  sus debilidades  en   el  aprendizaje. 

 

 

 

También son derechos de los estudiantes

 

·       Son derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la recreación y la libre expresión de opinión (Art. 44 Constitución Nacional).

 

·       Organizar y participar en actividades curriculares y extraescolares con el acompañamiento de las directivas y el permiso de padres y/o acudientes.

 

·       Participar, elegir y ser elegido como miembro del gobierno escolar y otros comités reconocidos por la Institución Educativa (art. 142 ley general de la educación).

 

·       Ser representado y asistido por sus padres y/o acudiente en cualquier situación

 

·       Representar a la Institución en los diferentes encuentros de acuerdo con el perfil requerido.

 

·       Utilizar los servicios y espacios físicos ofrecidos por la Institución para el desarrollo integral.

 

·       Ser respetado en su dignidad personal, sin ningún tipo de discriminación por razones de sexo, raza, religión, idioma, aspecto físico, posición social o económica (Art. 44 código de Infancia y adolescencia).

 

·       Recibir oportuna y adecuadamente la información solicitada, la aclaración o la corrección sobre la situación académica y disciplinaria.

 

·       Al debido proceso y agotar las instancias establecidas en el conducto regular.

 

·       A que los directivos y educadores sean equilibrados y justos, respeten el ritmo personal y la individualidad, fijen pautas de trabajo claro, las comuniquen oportunamente, las cumplan y las hagan cumplir; a que no empleen la amenaza, ni trato que implique de alguna manera afectar los derechos fundamentales (Art. 45 código de infancia y adolescencia). 

 

·       Presentar evaluaciones, trabajos o tareas que no se hayan ejecutado en la fecha indicada, con excusa justificada ante la Rectora (o ante quien ésta haya delegado está función).

 

·       Ser evaluado en forma integral, oportuna y permanente con justicia, claridad, respeto y objetividad de acuerdo con la legislación emanada por el MEN.

 

·       Expresar, discutir y examinar con libertad: doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la cátedra mediante el procedimiento de reglas de debate y petición (art. 20 Constitución Nacional).

 

·       A solicitar y recibir orientación y acompañamiento de directivos y profesores sobre aspectos relacionados con su formación integral.

 

·       Recibir estímulos académicos y formativos cuando se haga merecedor a ellos.

 

·       Conocer el Manual de Convivencia, la Hoja de Vida y los registros que se hagan en el Observador del alumno.

 

 

 

DEBERES DE  LOS ESTUDIANTES

 

Con el objetivo de establecer y mantener canales de respeto entre los miembros de la Comunidad, se deberán observar y guiar las relaciones entre estudiantes y profesores de acuerdo con los siguientes criterios, por tanto los estudiantes deberán prestar atención permanentemente en clase y a sus docentes en las orientaciones y actividades que se propongan, así como también, mantener trato respetuoso y cordial con la comunidad Educativa (profesores/as, directivas, estudiantes, padres y madres de familia y empleados).

 

 

 

Decreto 1290/2009. Art. 13.  El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe: 

 

·       Cumplir  con  los  compromisos  académicos  y  de  convivencia  definidos  por  el establecimiento  educativo. 

 

·       Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus  debilidades. 

 

 

 

TAMBIÉN SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

 

·            Cumplir con los lineamientos establecidos en el manual de convivencia y trabajar permanentemente en su interiorización. 

 

·            Respetar y hacer respetar el buen nombre de la institución dentro y fuera de él (porten o no el uniforme).

 

·            No traer ni portar accesorios distintos de los autorizados como uniforme de la institución (piercing, collares, camisetas y zapatos de otro color) ni artículos de valor como celulares, joyas, entre otros).

 

·            Cuidar y respetar el entorno ecológico, la planta física y todos los implementos de la Institución, colaborando además, con el orden, el aseo y la decoración del Colegio.

 

·            Prepararse y responder por su formación integral en los tiempos establecidos por la Institución.

 

·            Cumplir el conducto regular y respetar las condiciones con el debido proceso.

 

·            Dar un trato justo, oportuno y respetuoso a cada uno de los miembros de la comunidad educativa, no agredir física, verbal, ni virtualmente a los demás.

 

·            Respetar las organizaciones democráticas del gobierno escolar, cumpliendo los compromisos y acuerdos de éstos.

 

·            Informar a su representante (padres y/ o acudiente) sobre los llamados y requerimientos que haga la institución.

 

·            Gestionar y participar en las actividades, encaminadas a mejorar la calidad en los procesos académicos.

 

·            No portar armas cortopunzante, ni traer láminas o revistas pornográficas, radios, explosivos, juguetes o bromas que representen riesgos a la comunidad educativa.

 

·            No deben traer ni utilizar celulares al interior de la institución, si se presentara cualquier emergencia los padres o acudientes se pueden comunicar con la institución

 

·            Cumplir con el horario y ser puntual en la llegada a clases y a todos los actos programados o en los que la institución participe, y sea obligatoria su participación.

 

·            Asistir a clases, así como a los actos curriculares y a todos los eventos en que la institución participe, con su uniforme completo, definido por la institución para la ocasión.

 

·            Justificar personalmente por escrito y con la presencia de sus padres o acudiente, toda ausencia o inasistencia a clase o a cualquier acto programado por la institución, máximo tres (3) días después de reincorporarse a clases. La falta de cumplimiento de esta norma dentro de los plazos establecidos, ameritará  la repetición de un grado para el educando que haya dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las actividades académicas durante el año escolar

 

·            Cuando un estudiante se ausenta del colegio sea cual fuere a razón, deberá estar al día en cuaderno, trabajos, tareas, talleres etc. y estar preparado para realizar las evaluaciones en el momento que se reintegra al colegio para que pueda recuperar notas, de lo contrario no tendrá la oportunidad de recuperarlas. Las faltas se suman de igual manera justificadas o no y sobrepasar el 20% de ausencias en el año se considera causa de reprobación.

 

·            Asistir a los desfiles y actos extracurriculares de la institución, los cuales son de carácter obligatorio, exceptuando su participación por justificación médica o razones de índole mayor debidamente comprobada.

 

·            Llevar con respeto y pulcritud el uniforme esforzándose por su excelente presentación personal en todos los eventos escolares, sin maquillajes, sin alhajas, con las uñas cortas, limpias y sin esmalte.

 

·            Respetar y cumplir el reglamento de uso del uniforme, así:

 

o   Los uniformes deben sujetarse al modelo y material indicado por la Institución Educativa Eduardo Camacho Gamba.

 

o   El uniforme del plantel Educativo se debe usar desde el primer día de clases hasta el último día de clases incluyendo zapatos y tenis reglamentarios.

 

o   El uniforme del Plantel Educativo, se usará fuera de la Institución únicamente actividades programadas por el colegio.

 

o   El uniforme del Plantel Educativo, se usará de acuerdo a las exigencias del colegio y no se podrá usar roto, manchado o decolorado bajo ninguna circunstancia de lo contrario se impedirá la entrada al colegio.

 

o   El uniforme del Plantel Educativo, se usará de acuerdo al horario, sea educación Física o diario y no se permitirá la entrada al colegio si se incumple el horario de uso.

 

o   El uniforme del Plantel Educativo, no se podrá usar en dramatizaciones, bailes o actividades recreativas como parte de la vestimenta para dichas actividades

 

DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULO A LOS ESTUDIANTES

 

 

 

Los siguientes son estímulos diseñados por el plantel para motivar a sus estudiantes: 

 

§   Izar la bandera nacional en acto cívico.

 

§   Felicitaciones verbales y escritas.

 

§   Otorgamiento de mención de honor.

 

 

 

A final de año se otorgarán las siguientes menciones:

 

§  Excelencia por nivel: Se le otorgará mención a la excelencia a los estudiantes que alcancen el promedio establecido para nivel de desempeño superior (rango de 4,50 a 5,00).  Para aquellos estudiantes que no asisten a los eventos obligatorios extracurriculares o hayan tenido un proceso disciplinario perderán el derecho a la excelencia los estudiantes aunque hayan alcanzado el promedio requerido (éste será un criterio para dirimir empates).

 

 

 

§  Premios a los tres mejores estudiantes: Se otorgan los puestos a los estudiantes que obtengan los tres mejores promedios del curso por encima de 4.0; los estudiantes que obtengan un promedio por debajo de 4.0 no recibirán mención.

 

 

 

§Menciones: la mención al esfuerzo se otorga a un estudiante que pese a sus dificultades logra las metas propuestas. Esta se decide en consejo académico. Se define como dificultades:

 

üProblemas de Aprendizaje (Diagnosticados y bajo tratamiento terapéutico).

 

üProblemas Conductuales asociados a diagnóstico previo.

 

üProblemas Emocionales situaciones que afectan su estabilidad emocional.

 

Nota: La mención al esfuerzo se otorgará cuando el estudiante refleja su esfuerzo en el contexto general escolar y no en asignaturas específicas.

 

 

 

§  Grados Transición y Quinto: Se otorga menciones especiales a todos los graduandos de los grados Transición y Quinto, teniendo en cuenta el desarrollo de las actitudes evidenciadas en la Misión y Visión de la Institución, son sus docentes los que tienen a potestad para otorgarlas.

 

§  Premiación para los graduandos del grado 11º:

 

ü    Diploma por haber culminado el grado 11º.

 

ü    Liderazgo (al estudiante que se halla destacado por su liderazgo dentro y fuera de su salón de clases).

 

ü    Mejor resultado pruebas Saber 11º del colegio.

 

ü    Primer puesto pruebas Saber 11º en el departamento.

 

ü    Perseverancia y constancia (estudiantes que han estudiado en la institución desde preescolar).

 

ü    Mejor bachiller (estudiante que obtuvo el promedio más alto durante la secundaria).

 

ü    Deportista (en el caso que lo hubiere, se le otorga al estudiante que ha tenido un resultado alto en competencias deportivas a nivel departamental o nacional).

 

ü     Al estudiante que obtenga Mención con el nombre de un gobernante de su municipalidad

 

            Máxima excelencia académica: El premio Máxima Excelencia se le otorga al estudiante con mayor rendimiento en su desempeño académico integral escogido entre los estudiantes que obtuvieron la mención a la excelencia de todos los grados de la Institución y se hará acreedor a una beca de estudios. En caso de haber empate, la beca será divida en partes iguales. Los estudiantes del grado 11° pueden recibir el honor pero no participan en el concurso por la beca.

 

ü      Se otorga al estudiante que obtenga el promedio más alto entre los estudiantes con excelencia.

 

ü      Que no haya presentado ningún comportamiento indebido que se clasifique como falta al Manual de convivencia

 

ü      Que durante el año lectivo no hayan obtenido ninguna calificación en bajo.

 

OTRAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN ESPACIOS ESCOLARES

 

La institución establece la reglamentación para el uso de equipos electrónicos como celulares, computadores portátiles, dispositivos musicales, tablets, etc. La reglamentación rige para todos los estudiantes de la Institución.

 

·                Los teléfonos celulares deberán estar apagados en todo momento durante el desarrollo de las actividades escolares.

 

·                En caso de alguna emergencia familiar se deberá utilizar las líneas telefónicas de la institución o en última instancia informar al coordinador o docente de cualquier situación que requiera del uso del celular.

 

·                El estudiante podrá hacer uso del celular a la hora de salida, finalizada la jornada escolar.

 

·                El estudiante podrá hacer uso del celular en las salidas pedagógicas, recreativas u otras actividades que se desarrollen fuera del Colegio, previa autorización para ello.

 

·                Otros aparatos electrónicos podrán ser utilizados para uso académico únicamente con la autorización y bajo la supervisión de un docente responsable.

 

·                Los alumnos tienen el deber de velar por el cuidado de los equipos electrónicos y teléfonos celulares de su propiedad. El colegio y personal docente no se hacen responsables por daños y/o pérdidas de los mismos.

 

·                Los estudiantes que no cumplan con la reglamentación anterior, se someterán a que sus equipos electrónicos o teléfonos celulares les sean retenidos hasta el siguiente viernes o hasta el momento en que sus padres lo recojan en el Colegio.

 

·                Se registrará en el observador de clase las conductas irregulares, para el respectivo seguimiento, evitando conductas reiteradas con otros profesores y/u otras clases.

 

·                Si un estudiante reincide en el desacato a estas reglas, se procederá conforme a lo establecidos en el presente manual.

 

·                Hacer buen uso de los sanitarios

 

·                Cuidado del ambiente y los recursos naturales que se encuentran en el establecimiento.

 

 

 

El presente manual para la convivencia y prevención de la violencia escolar será respetado y acatado por todos los miembros de la comunidad educativa sin excepción y el cual entra a regir a partir de la iniciación del año lectivo 2016 hasta cuando el consejo directivo no determine lo contrario. Su texto completo será publicado y socializado entre los miembros de la comunidad educativa a través de las diferentes instancias de participación.

 

 

 



[1]. REPUBLICA DE COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia T-341 de 2003.

[2] República de Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-386 de 1994. M.P. Dr: Antonio Barrera Carbonell, Bogotá.

[3] República de Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-859 de 2002 M.P. Dr Eduardo Montealegre Lynett, Bogotá.

[4] REPUBLICA DE COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia T-02 de 1992 M.P. Dr Alejandro Martínez Caballero, Bogotá.

[5]República de Colombia, Bogotá, Sentencia  C – 555 de diciembre 06 de 1994,

[6] Ley 1620 de Marzo 15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"

 

[7] Ley 1620 de Marzo 15 de 2013 "por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar"

 

[8] REPUBLICA DE COLOMBIA,decreto 1860 de 1994 

 

 

 

 

COLEGIO

INTEGRADO

EDUARDO

CAMACHO

GAMBA

 

EL COLEGIO

EN LA SEDE A

PRESTA LOS

SERVICOS  

DE LAS

2 JORNADAS

 

 

 

Calle 8 Nº 8 -29 

Telefax 7187241 

Tel 7187506

CURITI

SANTANDER